Por: El Espectador

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Este artículo fue curado por Carlos Diaz   Mar 27, 2024 - 3:52 pm
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Ninguna de las 20 alcaldías locales en Bogotá pasó los 60 ejercicios de control fiscal realizadas por la Contraloría Distrital y discriminadas en 20 actuaciones especiales de fiscalización, 20 auditorías de desempeño y 20 auditorías financieras.

A través de un informe, el ente de control configuró cuarenta hallazgos con presunta incidencia fiscal en los Fondos de Desarrollo Local (FDL) por un valor de $ 11.200 millones, los cuales tienen que ver, principalmente, con irregularidades en el manejo y ejecución de recursos públicos, incluyendo pagos excesivos, reconocimientos indebidos y sobrecostos en la contratación de bienes y servicios, además de deficiencias en la justificación técnica y financiera de adiciones presupuestales y reconocimientos de mayores valores pagados.

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El director de la Oficina de Apoyo al Despacho del Contralor de Bogotá, Juan Carlos Gualdrón, informó que “fundamentalmente se están encontrando problemas en la planeación de obras de infraestructura, puede ser de malla vial, los andenes y las vías terciarias que están dentro de los barrios por donde caminamos todos los ciudadanos”. Y agregó que se observaron otros asuntos relacionados con los temas del adulto mayor, y con el acompañamiento o desarrollo de las minipymes.

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Adicionalmente, dentro de los hallazgos en los 20 Fondos de Desarrollo Local, la Contraloría estableció entre otras situaciones:

  • Pagos indebidos en convenios interadministrativos y contratos de obra, sin el cumplimiento de las obligaciones contractuales correspondientes.
  • Deficiencias en la planificación y supervisión de obras, resultando en la no terminación o puesta en funcionamiento de infraestructuras ejecutadas.
  • Deficiencias en la calidad de las obras ejecutadas, manifestadas en patologías y problemas estructurales que comprometen la durabilidad y funcionalidad de la infraestructura pública.
  • Incumplimiento de especificaciones técnicas y requisitos de calidad en la prestación de servicios contratados.

Cabe recordar que el pasado 25 de marzo, el secretario de Gobierno, Gustavo Quintero, recibió la terna de 17 candidatos a Alcaldías Locales donde quedan pocas semanas para conocer a los nuevos sucesores, por lo que desde la Contraloría Distrital dieron una orden perentoria: acelerar y dar trámite expedito posible a todos los procesos fiscales, para conocer rápidamente a los responsables de estos hechos antes de que dejen su cargo.

“Los hallazgos ya fueron remitidos a la Dirección de Responsabilidad Fiscal de la Contraloría, donde empieza el Proceso de Responsabilidad Fiscal, y esperamos que sea lo más expedito posible, ahora comienzan las versiones libres de las personas que fueron o están relacionadas con los hallazgos, por supuesto de los alcaldes locales y los contratistas”, explicó el director de la Oficina de Apoyo al Despacho del Contralor de Bogotá, Juan Carlos Gualdrón.

¿Qué son los Fondos de Desarrollo Local?

La Plenaria del Concejo de Bogotá, aprobó el proyecto de Acuerdo que creó los Fondos de Desarrollo Local a partir del 1 de enero de 2020. Con el fin de procurar una participación efectiva de la ciudadanía, la Administración Distrital tiene mínimo un 10 % del presupuesto asignado a cada localidad para presupuestos participativos en los FDL.

De esta manera, el Fondo es de naturaleza pública, con personería jurídica y patrimonio propio, de creación legal, y sus atribuciones están dirigidas a la prestación de los servicios y la construcción de obras a cargo de las Juntas Administradoras Locales (JAL), existiendo uno por cada localidad de la ciudad.

“A través de este proyecto buscamos adoptar las medidas necesarias tendientes a proveer la estabilidad financiera y la organización administrativa de las localidades con una mayor participación de la ciudadanía”, señaló el exconcejal Daniel Palacios, coautor de la iniciativa.

Y agregó que “las Juntas Administradoras Locales realizarán la vigilancia y control sobre la inversión y ejecución de los recursos asignados al respectivo Fondo de Desarrollo Local. Para el efecto las JAL podrá convocar a los delegados o designados en los Sectores Administrativos de Coordinación y en las entidades adscritas o vinculadas a estos, y su asistencia será de carácter obligatorio”.

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