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Este artículo fue curado por Leonardo Olaya   Ene 14, 2024 - 10:51 am
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Millones de personas en Colombia viven en arriendo y todos los años deben pagar más al mes por el inmueble que están habitando. Dicho aumento se da, por lo general, al inicio de cada año y debe ser con base al dato del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que entrega el Dane.

Dicha entidad informó que en diciembre de 2023 la variación anual del IPC fue de 9,28 %. Esta cifra, además del precio de los arriendos, rige el costo de varios bienes y servicios que se consumen en la canasta familiar.

(Vea también: Los 5 arriendos más caros de Bogotá en este 2024: un apartamento vale $ 23’000.000 al mes)

¿Qué pasa si su arrendador le sube el arriendo más arriba de lo que estipula la ley?

La Ley 820 del 2003, que regula el precio del arriendo en Colombia, fija el nuevo tope máximo (9,28 %) que tendrá el aumento para los cánones en el país.

Hay que decir que el arrendador solo podrá hacer el aumento en el momento que el contrato con el arrendatario pase los 12 meses. El dueño del inmueble puede subir el precio hasta la cifra que dio el Dane.

También hay que recordar el aumento del 9,28 % para los arriendos en 2024 se puede aplicar desde que el precio en que quede no supere el 1 % del valor comercial total del inmueble, según el artículo 18 de la Ley 820.

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En el caso en que el arrendador no cumpla con lo que dice la ley colombiana, podrá exponerse a sanciones por la Superintendencia Financiera de Colombia, y puede ir de sanciones económicas hasta la pérdida de la matrícula de arrendadores.

El inquilino, que sienta que su arrendador está vulnerando sus derechos, puede acercarse a la Secretaría de hábitat y presentar la queja.

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