Economía
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Tres de los cuatro integrantes de esa unión temporal serán seriamente vigiladas por la Superintendencia, por irregularidades en su funcionamiento.
La Superintendencia de Sociedades confirmó este jueves que someterá al grado de supervisión denominado ‘Control’, el más alto posible, a tres de las cuatro sociedades que conforman la Unión Temporal Centros Poblados. La decisión se tomó luego de que se adelantaran contra ellas diferentes actuaciones administrativas y se estableciera que todas ellas presentan situaciones críticas de orden jurídico, económico, contable y administrativo.
Las tres sociedades que serán seriamente vigiladas a partir de ahora son ICM Ingenieros S.A.S., Intec de la Costa S.A.S. y Omega Buildings Constructora S.A.S.
Esas sociedades también están siendo investigadas por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, así como por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
“La Superintendencia de Sociedades no ejerce funciones de inspección, vigilancia ni control sobre el cuarto integrante, a saber, la Fundación de Telecomunicaciones, Ingeniería, Seguridad e Innovación-NOVOTIC, dado que se trata de una entidad sin ánimo de lucro, sujeta a la inspección y vigilancia por parte de las Gobernaciones (art. 2 Ley 22 de 1987)“, aclaró la Superintendencia en un comunicado.
“Las atribuciones de inspección, vigilancia y control a cargo de la Superintendencia de Sociedades se ejercen sobre las sociedades comerciales, para efectos de que en su formación y en su funcionamiento se ajusten a las disposiciones del Código de Comercio y las disposiciones contables aplicables, ello no comprende sus actividades contractuales, ni la verificación de los requisitos habilitantes dentro de los procesos de licitación pública o privada en los que participen”, agregó la Superintendencia.
Que esas tres sociedades en cuestión ahora vayan a ser supervisados bajo el grado denominado como ‘Control’ significa que la Superintendencia de Sociedades las inspeccionará para ordenar los correctivos necesarios para subsanar situaciones críticas de orden jurídico, contable, económico o administrativo.
“La decisión de la Superintendencia de Sociedades es susceptible de los recursos de reposición y de apelación que, de interponerse, por ley, se conceden en el efecto suspensivo, esto es, hasta que no se confirme la decisión no surte efectos”, concluyó la Supersociedades.
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