Senado impugna fallo que lo obliga a revivir curules de víctimas

Nación
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Estas curules consisten en que zonas afectadas por el conflicto tengan 16 puestos como representantes a la Cámara, durante 8 años (2018-2026). Para crearlas se necesita una reforma a la Constitución (conocida como acto legislativo).

El 18 de diciembre de 2017, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca le advirtió a Efraín Cepeda, presidente del Senado, que si no enviaba la reforma a la Presidencia para su promulgación, abriría un proceso por desacato contra él.

Y este jueves Cepeda respondió con el anunció de la impugnación y argumentó que los fallos judiciales no tiene competencia para revivir actos legislativos no aprobados. La decisión final al respecto la tomará el Consejo de Estado.

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El pasado 30 de noviembre la reforma se cayó con 50 votos a favor y 7 en contra, pues para aprobar un acto legislativo como ese se necesita la mitad más uno de los votos, y el Senado tiene 102 miembros.

Sin embargo, para el Gobierno, se debían contar a los senadores activos, y como hay tres en prisión, serían 99 y no 102, y con base en esa postura el Ejecutivo asegura que la reforma fue aprobada.

El pasado 12 de diciembre, la juez administrativa de Bogotá ordenó que la reforma fuera enviada al Presidente para ser aprobada. En ese momento, Cepeda también rechazó lo que dijo la juez.

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