Así funciona la consulta popular que convocó Petro; ¿sí aplica para salvar reformas?

Nación
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Con el anuncio del mandatario, son muy comunes las dudas sobre este mecanismo que está contemplado en la Constitución y que promueve la participación ciudadana.

Luego de que el presidente Gustavo Petro anunciara este martes 11 de marzo que el Gobierno convocará una consulta popular para que la ciudadanía decida sobre la reforma laboral y la reforma a la salud, es imprescindible que las personas conozcan este mecanismo de participación ciudadana.

(Lea también: Petro casa pelea con Congreso y sepulta intento de unidad nacional por archivo de reforma)

Lea más: Atención: Petro convocará consulta popular “para que el pueblo sea el que apruebe las reformas laboral y de salud”

“Que sea el pueblo el que decida”, afirmó el mandatario desde la Casa de Nariño, haciendo énfasis en que la Constitución permite este mecanismo como otra posible vía para que sus reformas puedan salir a flote en el país.

La consulta popular es un mecanismo de participación democrática en el que la ciudadanía es convocada para tomar una decisión sobre un tema de especial importancia. Este instrumento puede aplicarse para decisiones a nivel nacional, departamental, municipal, distrital o local, según el alcance de la consulta.

En el ámbito nacional, la consulta es convocada por el presidente de la República, pero antes debe contar con el aval del Congreso y la firma de todos sus ministros. Se utiliza cuando una decisión afecta a todo el país y requiere el respaldo directo del pueblo, como es el caso de las reformas laboral y de salud.

Para las consultas en distritos, departamentos, municipios o localidades, la responsabilidad de convocarlas recae en los gobernadores y alcaldes, sin necesidad de aprobación del Congreso. No obstante, deben cumplir con requisitos establecidos en la legislación territorial.

En algunos casos, dos o más municipios pueden unirse para adelantar una consulta popular conjunta, si mantienen relaciones económicas, sociales o geográficas estrechas. Esto puede llevar a la conformación de una entidad administrativa especial, como un área metropolitana.

Para qué sirve la consulta popular

Para que la consulta sea clara y efectiva, el papel de votación solo debe presentar dos opciones: “Sí” o “No”.

1. En consultas nacionales, la votación debe realizarse en un plazo máximo de cuatro meses tras su aprobación en el Senado.

2. En consultas distritales, municipales o departamentales, debe efectuarse dentro de los dos meses siguientes a su aprobación.

1. Las autoridades responsables tienen hasta tres meses para implementar la decisión tomada en la consulta popular. Si esto no ocurre, el Senado debe garantizar su cumplimiento.

2. En última instancia, si la decisión sigue sin aplicarse, el presidente, gobernador o alcalde correspondiente deberá ejecutarla a través de un Decreto de fuerza de ley.

Este proceso democrático está respaldado por la Constitución y regulado por la Ley 134 de 1994.

La consulta popular puede ser convocada por ciudadanos con un número de firmas equivalente al 5 % del censo electoral de la respectiva entidad territorial o por autoridades públicas como el presidente de la República, gobernadores o alcaldes, según corresponda el ámbito de la consulta.

El primer paso es la presentación de la iniciativa. En el caso de los ciudadanos, los promotores deben inscribir un comité ante la Registraduría correspondiente, presentando una exposición de motivos y el texto de la pregunta propuesta. Si es iniciativa de autoridades públicas, la autoridad competente formula la pregunta y la remite al respectivo órgano legislativo o corporación administrativa para su aprobación.

Si aplica la recolección de firmas, los ciudadanos deben conseguir las firmas necesarias a través de formularios suministrados por la Registraduría y estas deben ser de ciudadanos inscritos en el censo electoral de la entidad territorial correspondiente. Luego, la Registraduría verifica la autenticidad de las firmas y certifica si se cumple con el porcentaje requerido en un proceso que dura aproximadamente 45 días.

Luego de la verificación de las firmas el Congreso o la autoridad correspondiente decide si se aprueba o no la consulta popular. Si se aprueba, se define una fecha para la consulta. Si la corporación no se pronuncia en el plazo establecido, se entiende aprobada por mandato legal.

Una vez aprobada, el Presidente, gobernador o alcalde, según corresponda, expide un decreto convocando a la consulta popular donde se especifica la fecha. También, las autoridades electorales y los promotores deben adelantar campañas pedagógicas para informar a la ciudadanía sobre el contenido y alcance de la consulta.

Este proceso que puede organizarse en un tiempo de tres meses hasta un año, ya que implica la preparación de materiales, publicidad, logística, entre otros.

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Para que la consulta sea válida, se requiere la participación de al menos el 25% del censo electoral de la respectiva entidad territorial. El resultado es obligatorio y vinculante para las autoridades.

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