Si cámara salvavidas le saca fotomulta, no lo podrán sancionar; le llegará otro documento

Nación
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A los dueños de los vehículos que sean captados por los dispositivos no les enviarán una orden de comparendo. En su lugar, recibirán "un aviso informativo".

La información fue confirmada por Noticias Caracol, que citó a la Secretaría de Movilidad de Bogotá.

Así pues, si los vehículos son captados cometiendo una infracción, a partir de ahora y hasta que la Secretaría de Movilidad pueda analizar la sentencia de la Corte Constitucional sobre las cámaras salvavidas, “no puede llegar ninguna orden de comparendo ni multa ni cobro”, agregó el medio.

A pesar del anuncio, todavía quedan muchas dudas y los conductores se preguntan cuál será el futuro de esta medida.

Ciudadanos que comparten carros sancionados argumentan que no saben quién era el conductor que iba manejando el vehículo, toda vez que en las órdenes de comparendos que emite la Secretaría se ven las fotos del auto, pero nunca se ve el rostro del infractor.

Con ese modo de operar, las sanciones están siendo impuestas a los dueños de los carros, pero no se tiene certeza de quién manejaba en el momento de la falta.

Se viene avalancha de impugnaciones

El informativo destacó que, en apenas 2 semanas, las cámaras salvavidas en Bogotá han tomado más de 10.000 evidencias y, ante el concepto de la Corte, miles de conductores van a protestar por las multas.

Miguel Forero, líder de motociclistas, le dijo al medio que ese colectivo tiene más de 600 comparendos y está alistando una impugnación masiva debido a que por el casco no se puede identificar al conductor.

Y es que el fallo de la Corte Constitucional establece que no se pueden poner fotomultas a personas sin previa identificación. Además, apuntó que se violan derechos, puntualmente los que tienen que ver con imputación personal de la infracción.

El alto tribunal deja en manos del Congreso la creación de una política punitiva del Estado para que establezca una responsabilidad sancionatoria que no afecte a los propietarios del vehículo infractor, en caso de que no sean los conductores en el momento de la acción.

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