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La restricción comenzará este sábado 20 de marzo. El documento señala que las plataformas deberán verificar la situación judicial de los repartidores.
El decreto emitido por la Alcaldía de Bogotá ordena restringir en la ciudad el tránsito de motocicletas con parrillero para quienes “estén prestando la actividad de domicilio vinculados a las empresas de intermediación tecnológica”.
La Alcaldía de Bogotá expone que la medida regirá hasta el 31 de diciembre de 2021.
Así pues, el conductor que infrinja la medida sufrirá las “sanciones pecuniarias y de inmovilización del vehículo”, señala el decreto 082 de este 19 de marzo.
El decreto también dice que, en el mes siguiente a su publicación, las empresas deberán contar con una base de datos de registro de sus domiciliarios.
Estas deberán tener los datos de identificación que permitan validar a la Policía la condición de activo en la prestación del servicio.
Tal identificación deberá tener:
Con dichos datos, la Policía podrá solicitarles a los domiciliarios que demuestren el estado de conexión a la plataforma tecnológica, donde verificará su condición de domiciliario activo.
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