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Aunque los líderes de la protesta han hecho llamados para que la manifestación se haga en paz, muchos temen que la manifestación no sea tan tranquila.
Y es que algunas de las advertencias trascendidas de manera no oficial incluyen hasta agresiones a otros taxistas y sospechosos de ser conductores de Uber.
Por eso, varias podrían ser las infracciones en las que podrían incurrir los manifestantes en medio de la protesta, de acuerdo con el Código Nacional de Tránsito, incluso sin saberlo.
Obviando aquellas inherentes a cualquier conductor en condiciones normales (como portar licencia de conducción o ponerse cinturón de seguridad) y de su vehículo (como tener equipo en regla, luces funcionales y demás), un primer grupo obligaría a los infractores a pagar 15 salarios mínimos diarios vigentes (SMDLV), es decir unos $ 414.060:
Aquí también se contempla incluso la inmovilización de taxis por tener taxímetro “dañado, con los sellos rotos o etiquetas adhesivas con calibración vencida o adulteradas o cuando se carezca de él, o cuando aún teniéndolo, no cumpla con las normas mínimas de calidad y seguridad exigidas por la autoridad”.
Otras multas más graves subirían a 30 SMDLV, o sea 828.120 pesos:
El “negarse a prestar el servicio público sin causa justificada, siempre que dicha negativa cause alteración del orden público”, subiría a $ 1′.242.200.
Otro tipo de acciones, como las mencionadas agresiones, confirmadas por un audio de un presunto taxista también contra sus compañeros que decidan trabajar, no están contempladas en el Código de Tránsito, sino que tendrían consecuencias penales.
Justamente en víspera de las protestas, que se tomarán varias vías de Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Bucaramanga y Pereira, la Secretaría de Movilidad de la capital aprovechó para advertir que no habrá permisividad con caravanas ni cualquier tipo de bloqueos parciales o totales.
Aunque expresaron su respeto por el derecho a la protesta pacífica, detalló que el Código Penal también establece sus propias consecuencias por posibles desmanes.
La perturbación en servicio de transporte público, colectivo u oficial, tendría cuatro a ocho años de cárcel y hasta 75 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), o sea $ 62’108.700.
La “obstrucción a vías públicas que afecten el orden público”, por su parte, daría hasta dos años de prisión y el mismo monto de multa que la infracción anterior.
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