Bucaramanga tiene pico y placa este martes 27 de diciembre: ¿qué carros no pueden salir?

Nación
Tiempo de lectura: 2 min

Tú navegador no es compatible para reproducir este audio

por: 

Toda la información de la movilidad de tu ciudad y tu región, la encuentras en Pico y Placa Colombia

Visitar sitio

La restricción es para motos y vehículos particulares en toda la ciudad; acá le contamos cómo rige dicha medida y cómo puede evitar multas de tránsito.

El pico y placa en Bucaramanga opera este martes 27 de diciembre conforme a lo estipulado por la Alcaldía de Bucaramanga en el decreto 521 de 2022. Así las cosas, no todos los vehículos particulares y motos podrán salir a las calles durante gran parte del día, dependiente del número con el que termina su placa.

(Vea también: Restricción de movilidad en Bogotá el 27 de diciembre y tarifas de pico y placa solidario)

Pico y placa en Bucaramanga hoy 27 de diciembre

Entre los carros particulares que no podrán circular en las vías de la ciudad este martes porque tienen pico y placa se encuentran aquellos que tienen las placas terminadas en (1 y 2).

En la tabla que aparece a continuación les mostramos al detalle cómo funciona el pico y placa para los carros particulares:

Carros con pico y placa hoy (no salen) placa terminada en (1, 2)
Carros que sí pueden salir hoy placa terminada en (0, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9)

Pico y placa esta semana en Bucaramanga para carros particulares

En la siguiente tabla podrá ver cómo funciona la restricción a la movilidad en esta semana del 26 de diciembre al 30 de diciembre.

Lunes 26 de diciembre 9-0
Martes 27 de diciembre 1-2
Miércoles 28 de diciembre 3-4
Jueves 29 de diciembre 5-6
Viernes 30 de diciembre 7-8

Pico y placa esta semana en Bucaramanga para motos

Lunes 26 de diciembre 9-0
Martes 27 de diciembre 1-2
Miércoles 28 de diciembre 3-4
Jueves 29 de diciembre 5-6
Viernes 30 de diciembre 7-8

Los infractores a lo dispuesto serán sancionados según lo consagrado por el artículo 131 literal C numeral 14 de la Ley 769 de 2002 modificado por el artículo 21 de la Ley 1383 de 2010:

C. Será sancionado con multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV) el conductor y/o propietario de un vehículo automotor que incurra en cualquiera de las siguientes infracciones:

C.14. Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente. Además, el vehículo será inmovilizado.

Temas Relacionados:

Te puede interesar

Nación

'Juanpis González' le sacó bolsa de basura con "billeticos" a Petro, en plena entrevista

Mundo

"Años de oscuridad”: Mhoni Vidente lanzó escalofriante predicción sobre el nuevo papa

Nación

"La devolvimos a la vida": desgarrador rescate de niña que habría sido abusada por pastor

Bogotá

Qué pasó con niñas que murieron intoxicadas en Bogotá: caso da giro con última revelación

Bogotá

Destapan presunto motivo por el que policía mató a mujer en Bogotá; caso causa impacto

Empleo

Empresas en Colombia buscan estos profesionales (urgente), pero está duro conseguirlos

Economía

Les subirán el salario (desde ya) a miles de trabajadores en Colombia: el más alto en años

Economía

Dueños de motos en Colombia, en shock por nueva ley: incluye multa de $ 1.208.000 y patios

Sigue leyendo