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Desde enero no había un puente festivo y por eso hasta este lunes 21 de marzo vuelve la medida del pico y placa regional para entrar a la capital del país.
Para los viajeros que saldrán de la ciudad este fin de semana es importante que tengan presentes los horarios en los que podrán regresar a la ciudad.
El Decreto 002 de 2022 que hizo cambios en la medida de pico y placa para este año detalla que los sábados y domingos no aplica la medida; mientras que los días festivos sí opera el Pico y Placa Regional.
Entre las recomendaciones de las autoridades también se recuerda no exceder los límites de velocidad y planear los viajes con anticipación.
Según el documento, los viajeros pueden volver en cualquier momento de la mañana, pues antes del mediodía no hay restricciones.
Sin embargo, pasadas las 12:00 m el ingreso solo está permitido así:
Pasadas las 8 de la noche también pueden entrar a Bogotá todos los carros sin importar la placa.
Las vías en las que aplica esta medida conjunta de las autoridades distritales y del departamento de Cundinamarca son:
– Autopista norte: desde el peaje de Andes hasta el Portal Norte de Transmilenio, en sentido norte–sur.
– Autopista sur: desde el límite del municipió de Soacha hasta la avenida Boyacá, en sentido sur–norte.
– Avenida Centenario (calle 13): desde el río Bogotá hasta la avenida Ciudad de Cali o avenida carrera 86, en sentido occidente–oriente.
– Avenida calle 80: desde el puente de Guadua hasta el Portal 80 de Transmilenio, en sentido occidente–oriente.
– Avenida carrera 7: desde la calle 245 hasta la calle 183, en sentido norte–sur.
– Avenida Boyacá vía al Llano: desde el túnel Argelino Durán Quintero hasta la antigua vía al Llano, en sentido sur–norte.
– Vía Suba Cota: desde el río Bogotá hasta la calle 170, en sentido norte–sur.
– Vía la Calera: desde el peaje de Patios hasta la avenida Carrera 7, en sentido oriente–occidente.
– Vía a Choachí: desde la vía a Monserrate hasta la avenida Circunvalar, en sentido oriente–occidente.
Para los días festivos no aplican las excepciones de los días hábiles como el pico y placa solidario y el carro compartido.
Desde la Secretaría de Movilidad explican que la plataforma en la que deben estar registrados los vehículos no permite adquirir los permisos para sábados, domingos o festivos.
Ese día también pierde vigencia la excepción para vehículos del personal médico. Es decir que la única excepción válida es para los vehículos híbridos, siempre y cuando estén registrados en la base de datos de la Secretaría de Movilidad.
El decreto establece que por el incumplimiento de esta medida las autoridades de tránsito podrán imponer los comparendos o multas en el Código de Tránsito.
Para este caso se trata de una infracción C14 que prohíbe “transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente”. La multa equivale a 468.500 pesos y el vehículo puede ser inmovilizado.
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