De la Espriella anuncia medida de emergencia en Colombia por terremoto de 7.4: "Desastre nacional"
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El Ejecutivo oficializó la declaratoria de desastre nacional ante el devastador balance preliminar que deja el movimiento telúrico en varias regiones.
El país enfrenta una de sus horas más difíciles tras el violento terremoto de magnitud 7.4 registrado este lunes, 10 de agosto de 2026, con epicentro en las inmediaciones de San José del Palmar (Chocó). Ante la magnitud de la emergencia, el Gobierno Nacional declaró formalmente la situación de desastre nacional, un mecanismo extraordinario diseñado para agilizar la respuesta institucional y la recuperación de los territorios más golpeados.
De acuerdo con el balance consolidado con corte a las 11:30 a. m. por el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo y la Asociación Colombiana de Ciudades Capitales (Asocapitales), la tragedia deja de manera preliminar 71 personas fallecidas en todo el país. La distribución de las víctimas mortales evidencia la gravedad de los impactos regionales: Risaralda encabeza la lista con 40 fallecidos (principalmente en Pereira y su área metropolitana), seguido por el Valle del Cauca con 27 víctimas (con focos críticos en Cali y zonas rurales) y Chocó con 4 muertos. Del total nacional, al menos 29 de las víctimas corresponden a zonas urbanas en ciudades capitales.
¿Qué implica la declaratoria de desastre nacional?
La adopción de esta figura —amparada en el marco de la Ley 1523 de 2012— otorga al Gobierno Nacional y a las administraciones territoriales herramientas jurídicas, presupuestales y administrativas de carácter excepcional para hacer frente a la crisis. Entre las implicaciones y medidas clave que se activan destacan:
Contratación directa y ágil (Urgencia Manifiesta): Se simplifican drásticamente los trámites de contratación pública, permitiendo a las entidades estatales adquirir bienes, suministros y servicios de forma inmediata sin los largos procesos licitatorios habituales, garantizando la compra rápida de maquinaria, alimentos, medicinas y materiales de rescate.
Movilización y reasignación presupuestal: El Gobierno puede realizar traslados y modificaciones presupuestales extraordinarias, además de activar los recursos del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (FNGRD) para financiar las operaciones de rescate, asistencia humanitaria y la futura reconstrucción.
Requisición de bienes y servicios: Las autoridades adquieren la facultad legal de ocupar temporalmente bienes muebles o inmuebles, así como de coordinar de manera forzosa la movilización de recursos logísticos públicos y privados que se requieran para salvar vidas.
Articulación institucional centralizada: Se fortalece el Comando Unificado bajo la dirección del Comité Extraordinario para el Manejo de Desastres —presidido por el presidente Abelardo de la Espriella—, facilitando la ordenación de directrices de obligatorio cumplimiento para articular a las Fuerzas Militares, organismos de socorro y autoridades locales.
Mientras el presidente de Asocapitales y alcalde de Bogotá, Carlos Fernando Galán, confirmó que la capital —al no registrar daños estructurales graves— puso a disposición un contingente de 100 rescatistas listos para ser movilizados desde CATAM hacia las zonas críticas, la emergencia sigue golpeando infraestructura vital del país.
El balance técnico reporta suspensiones temporales en operaciones aeroportuarias, graves daños en hospitales de la red pública, afectaciones en el acueducto de Armenia, daños en el sistema de transporte masivo MIO en Cali y afectaciones severas en edificaciones patrimoniales y centros históricos de las ciudades impactadas.
Las autoridades reiteran que las cifras continúan siendo preliminares y se mantendrán en actualización permanente conforme avancen las labores de búsqueda de personas atrapadas bajo los escombros y la evaluación de daños en las zonas incomunicadas.
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