Defensoría del Pueblo alerta por intervención del Esmad en protesta pacífica frente al Museo Nacional en Bogotá

Nación
Tiempo de lectura: 4 min

Tú navegador no es compatible para reproducir este audio

por: 

El Espectador es el periódico más antiguo del país, fundado el 22 de marzo de 1887 y, bajo la dirección de Fidel Cano, es considerado uno de los periódicos más serios y profesionales por su independencia, credibilidad y objetividad.

Visitar sitio

El decreto firmado el 13 de octubre reconfiguró los protocolos policiales en manifestaciones recientes.

La Defensoría del Pueblo manifestó su alarma ante el despliegue del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad) durante una protesta que tuvo lugar frente al Museo Nacional en Bogotá. Esta manifestación, llevada a cabo por aproximadamente 500 personas el sábado 17 de octubre, buscaba repudiar la decisión del Gobierno liderado por Abelardo de la Espriella de retirar del museo obras vinculadas con la población LGBTIQ+, los movimientos feministas y las actividades políticas de figuras como Bernardo Jaramillo Ossa y Carlos Pizarro, según reportó El Espectador.

De acuerdo con la información recibida por la Defensoría, encabezada por Iris Marín, la protesta se había desarrollado en un ambiente de tranquilidad y sin alteraciones, lo que enmarcaba el ejercicio de los asistentes dentro del derecho legítimo a expresar desacuerdo con las medidas tomadas por el Gobierno respecto a las obras removidas. Sin embargo, en horas de la tarde, específicamente a las 6:33 p. m., quienes se encontraban en el plantón informaron que un vehículo tipo tanqueta comenzó a emplear chorros de agua con la intención de disolver a los manifestantes que bloqueaban la carrera Séptima.

Ante este escenario, la Defensoría expresó que la presencia del Esmad y el uso de dispositivos antidisturbios como el lanzaguas resultaban desproporcionados si se consideraba el carácter pacífico de la protesta. Además, la entidad advirtió que la simple cercanía de estos dispositivos puede incrementar la tensión y potencialmente escalar la conflictividad, por lo que subrayó la necesidad de prevenir tales situaciones.

Aunque el Decreto 1525 de 2026, suscrito por Abelardo de la Espriella, sí permite la proximidad de la Fuerza Pública en estos contextos, la Defensoría insistió en que su aplicación debe evaluarse caso por caso. Dicho decreto, firmado el 13 de octubre, establece nuevos marcos en los que la Policía puede actuar durante manifestaciones. Ese mismo día, la Policía Nacional formalizó el reemplazo de la Unidad de Diálogo y Mantenimiento del Orden (Undmo) por la Unidad Nacional Antidisturbios (Unadi), reincorporando así las funciones del Esmad. Cabe recordar que la Undmo había sido creada por una orden de la Corte Suprema de Justicia, con el objetivo de proteger la protesta pacífica y los derechos de la ciudadanía respecto al uso de la fuerza.

La Defensoría evocó la doctrina de la Corte Constitucional, resaltando que acciones como la ocupación del espacio público y el bloqueo de vías son formas legítimas del derecho a la protesta y que, por sí solas, no justifican la intervención de la Fuerza Pública. Por ello, exhortó a las autoridades a salvaguardar el ejercicio pacífico de la protesta y buscar alternativas para gestionar la movilidad sin caer en confrontaciones.

Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

¿Por qué intervino el Esmad en la protesta frente al Museo Nacional el 17 de octubre?

La intervención del Esmad en la protesta frente al Museo Nacional obedeció a la presencia de personas bloqueando la carrera Séptima, lo que llevó al uso de una tanqueta para dispersarlos. Pese a que la manifestación era de carácter pacífico, la intervención se fundamentó en las disposiciones del Decreto 1525 de 2026, que permite la cercanía de la Fuerza Pública en manifestaciones, aunque la Defensoría del Pueblo cuestionó la proporcionalidad de la medida, de acuerdo con información citada por El Espectador.

¿Qué argumentos dio la Defensoría del Pueblo sobre el derecho a la protesta pacífica?

Ante las recientes actuaciones del Esmad, la Defensoría del Pueblo argumentó que tanto la ocupación del espacio público como la obstrucción de vías pueden considerarse parte del ejercicio legítimo de la protesta. Según la Corte Constitucional, estas acciones no eliminan el carácter pacífico de una manifestación ni son razón suficiente para una intervención policial. La recomendación de la Defensoría es manejar la movilidad con alternativas y evitar confrontaciones innecesarias.


* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

Temas Relacionados:

Te puede interesar

Sigue leyendo