Congresistas demandan el Decreto 1525 que regula la protesta social en Colombia y alegan exceso de funciones del Gobierno

Nación
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La norma entró en vigencia el 13 de octubre, en vísperas de marchas convocadas para el día siguiente.

Menos de un día después de que el Gobierno promoviera el Decreto 1525, los congresistas del Pacto Histórico y de Dignidad y Compromiso acudieron a los tribunales para detener su aplicación. Ambos sectores argumentan que el Ejecutivo está excediendo sus funciones al definir los límites de la protesta social mediante un decreto, tarea que, según sostienen, solo corresponde al Congreso, conforme lo establece la Constitución. La polémica surge porque la norma, firmada y divulgada el 13 de octubre, será aplicada primero durante las marchas programadas para el 14 de octubre por el Pacto Histórico, la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) y Fecode, que constituyen la primera gran protesta de la oposición bajo el gobierno de Abelardo de la Espriella. De acuerdo con declaraciones del ministro del Interior, Rodrigo Lara, la jornada será observada a través de un puesto de mando unificado liderado por el presidente.

Entre los opositores más activos al decreto figura la senadora Jennifer Pedraza, quien anunció ante el Consejo de Estado una demanda en la que califica el texto de “regresivo e inconstitucional”. Según Pedraza, solo el Congreso podría restringir el derecho a la protesta a través de una ley estatutaria, en línea con el artículo 37 de la Constitución. Pedraza también criticó la consulta previa de solo siete días y la ausencia de convocatoria a la Mesa Nacional de Garantías, órgano utilizado para concertar la norma anterior, el Decreto 003 de 2021, expedido tras una orden de la Corte Suprema de Justicia. Considera que el nuevo decreto debilita el diálogo y permite omitirlo incluso ante protestas pacíficas si implican bloqueos, lo cual permitiría la disolución de manifestaciones no violentas.

Por parte del Pacto Histórico, representantes como Laura Daniela Beltrán ("Lalis"), Daniel Monroy y el vicepresidente del Senado, Alejandro Ocampo, también promovieron acciones legales, indicando que el decreto abre la puerta a restricciones arbitrarias y otorga a las autoridades herramientas para intervenir en marchas alegando afectaciones al trabajo, la salud o la movilidad. Ocampo explicó que la Corte Constitucional ha dejado claro que las restricciones solo se pueden imponer bajo condiciones estrictas de gravedad y necesidad, condiciones que, según él, el decreto desatiende.

El texto del decreto establece un sistema de cinco niveles de respuesta —desde la gestión preventiva hasta el restablecimiento del orden policial— pero permite que las autoridades omitan el diálogo cuando haya hechos violentos o el diálogo previo se haya agotado. Entre los casos que permiten saltar etapas están el empleo de armas, agresiones a civiles y ataques a la infraestructura. El ministro Lara defendió la decisión como una regulación “garantista”, argumentando que las protestas pacíficas seguirán protegidas, pero no se permitirá el “terrorismo urbano”, según declaraciones oficiales.

Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

¿Qué cambia con el Decreto 1525 sobre el derecho a la protesta en Colombia?

El Decreto 1525 introduce nuevas reglas que permiten a las autoridades intervenir de manera inmediata en protestas cuando ocurra violencia o cuando se haya agotado el diálogo, según el texto citado por El Espectador. El cambio principal es que las etapas de diálogo y mediación pueden omitirse bajo ciertas circunstancias, lo que genera preocupación entre opositores que temen una limitación arbitraria de las manifestaciones pacíficas.

¿Por qué los congresistas consideran inconstitucional el Decreto 1525 para la protesta social?

De acuerdo con los legisladores citados en El Espectador, el decreto sería inconstitucional porque restringe derechos fundamentales mediante un acto administrativo y no a través de una ley estatutaria creada por el Congreso, como exige el artículo 152 de la Constitución. Sostienen que solo el legislativo tiene el poder de regular limitaciones a derechos como la protesta.


* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

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