En Bogotá lo pueden multar siendo peatón; causas y cuánto podría estar pagando

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Existe una norma que sanciona a los peatones por diferentes motivos. El pago son cinco salarios mínimos, equivalente a unos $ 174.400.

En Bogotá se suele multar a los conductores que ponen en riesgo la vida de otras personas con maniobras peligrosas o exceso de velocidad, pero también se sanciona a peatones por incumplir normas de tránsito.

Aunque caminar por las calles en una práctica ambientalmente amigable y permite disfrutar más de la ciudad, el Código Nacional de Tránsito establece las prohibiciones a peatones de la capital.

(Vea también: Cuánto vale sacar el vehículo de los patios si se lo inmovilizan el Día sin carro y moto)

Muchas personas desconocen la infracción H.03, la cual hace referencia al conductor o peatón que obstaculice, perjudique o ponga en riesgo a las demás personas, que no cumpla las normas y señales de tránsito que le sean aplicables o que no obedezca las indicaciones que dan las autoridades.

La sanción consiste en la obligación de asistir a un curso de educación vial, o pagar una sanción equivalente a cinco salarios mínimos diarios, que equivalen a $ 174.400.

(Vea también: No se haga el dormido: le pueden poner una sanción por no ceder la silla en Transmilenio)

Las prohibiciones a peatones de Bogotá por las que podría tener una multa

  • No pueden invadir la zona destinada al tránsito de vehículos, ni transitar en ésta en patines, patinetas o similares.
  • Llevar, sin las debidas precauciones, elementos que puedan obstaculizar o afectar el tránsito.
  • Cruzar por sitios no permitidos o transitar sobre el ferrocarril.
  • Colocarse delante o detrás de un vehículo que tenga el motor encendido.
  • Tirarse de vehículos en movimiento.
  • Actuar de manera que ponga en peligro su integridad física.
  • Cruzar la vía atravesando el tráfico vehicular en lugares en donde existen pasos peatonales.
  • Ocupar la zona de seguridad y protección de la vía férrea, la cual se establece a una distancia no menor de 12 metros a lado y lado del eje de la vía férrea.
  • Transitar por los túneles, puentes y viaductos de las vías férreas.

Por ello debe asegurarse de caminar por espacios seguros, ir siempre en la cebra o andén y no arrojar basuras a la calle.

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