Anulan prohibición de gases lacrimógenos en manifestaciones

Nación
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Por:  Redacción Nación
Actualizado: 2020-11-18 06:13:32

Lo hizo el Tribunal Superior de Bogotá, que ordenó vincular al Ministerio de Salud a la discusión, para saber si los gases aumentan el riesgo de tener COVID-19.

El alto tribunal aseguró, según Blu Radio, que el juez quinto laboral del circuito de Bogotá, que prohibió el uso de gases lacrimógenos en protestas mientras haya emergencia por coronavirus, no tuvo en cuenta los conceptos de los ministerios de Salud e Interior.

La corporación señala que son autoridades sanitarias las que deben decir si es verdad que los gases lacrimógenos, usualmente utilizados por la Fuerza Pública para dispersar protestas, son riesgosos para contraer COVID-19.

“Resulta obligatoria la vinculación del Ministerio de Salud a la acción, a fin de que se pronuncie sobre los hechos narrados en la acción e indique si existen evidencias o no que correlacionen el uso de los agentes químicos para el control de protesta y el riesgo de contagio o mayor severidad de síntomas por COVID-19”, dice el fallo, citado por Caracol Radio.

Para el Tribunal Superior de Bogotá, agregó Blu Radio, que no se pidiera el concepto del Gobierno afectó al debido proceso de una tutela.

Con la anulación del fallo inicial, la Fuerza Pública, que ya había ordenado la suspensión de agentes químicos como gases pimienta, granadas fumígenas y cartuchos con carga química CS, OC, queda habilitada para utilizar esos elementos.

El alto tribunal estudió esta tutela, luego de que el Departamento Administrativo de la Presidencia lo impugnara.

Ahora, añade RCN Radio, el expediente volverá al juzgado quinto laboral de Bogotá, para que vuelva a estudiar la tutela, pero con los conceptos de los ministerios de Salud y del Interior.

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