Prohibiciones que tendrían las empresas en Colombia por reforma laboral: ¿de qué tratan?

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Dice la propuesta que no se podrán discriminar a las mujeres en sus diversidades, con acciones directas u omisión. Hay varios factores a tener en cuenta.

En caso de que se apruebe la reforma laboral del gobierno Petro, habría algunos puntos clave de prohibición para los empleadores en Colombia y, por consiguiente, protección a los derechos adquiridos por los trabajadores.

Dice la norma que, cualquier acto en contra de la dignidad de los empleados del país se va a someter a investigación a manos del Ministerio de Trabajo.

(Vea también: Trabajadores tendrán beneficio obligatorio en 2025; a algunos les llegará más plata)

Gloria Inés Ramírez, ministra de Trabajo del país, dijo que los empleadores en Colombia van a tener que seguir garantizando los derechos adquiridos y la recuperación de los mismos que, según el Gobierno, se han venido perdiendo en los últimos 30 años.

Dice la propuesta que no se podrán discriminar a las mujeres en sus diversidades, con acciones directas u omisión, que impidan la promoción y garantía de sus derechos en los ambientes laborales.

Se prohíbe a los empleadores en Colombia, actos racistas y de xenofobia, también cualquier forma de discriminación debido a la ideología política, credo religioso, orientación sexual, identidad y/o expresión de género, en el ámbito del trabajo.

Más prohibiciones para los empleadores en Colombia

“Se prohíbe también generar, inducir o promover prácticas discriminatorias hacia las personas trabajadoras que se identifiquen con otros géneros no binarios y diversas sexualidades, con ocasión de sus nombres identitarios, su identificación de género, orientación sexual o cualquier otro aspecto de su vida personal que no esté relacionado o influya en su ejercicio laboral”, dice la propuesta.

Se lee en la exposición de motivos del proyecto de reforma laboral que deberán siempre priorizarse los derechos de los trabajadores, incluidos procesos de desvinculación con una justa causa.

Uno de los puntos clave de la propuesta pretende reforzar compromisos y garantías que deben emitir los empleadores en Colombia. Queda de esta manera prohibida la eventual práctica de exigir a la persona en embarazo ejecutar tareas que requieran “esfuerzos físicos que puedan producir el aborto o impedir el desarrollo normal del feto”.

La negativa de la trabajadora a llevar a cabo estas labores no puede ser razón para disminuir su salario, advierten a los empleadores en Colombia.

(Recomendado: A estos trabajadores en Colombia les pagarían más por hora trabajada)

Tampoco se podrá “desmejorar sus condiciones de trabajo, por lo tanto, es obligación de los empleadores públicos y privados garantizar la permanencia y la reubicación en un puesto de trabajo acorde con su estado”.

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