Cotizantes en fondos privados tendrán importante “bono” para su pensión en Colombia

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De acuerdo con la reforma avalada por el Congreso, el nuevo sistema deberá reconocer beneficios económicos en algunos casos, cambios que aplicarán desde julio.

En el marco de la reglamentación de los procesos sobre los mecanismos para recibir la pensión en Colombia, la iniciativa da cuenta de una serie de modificaciones y reconocimientos para los trabajadores que vienen haciendo sus aportes en los fondos privados.

De acuerdo con la reforma avalada por el Congreso, el nuevo sistema deberá reconocer beneficios económicos en algunos casos, cambios que aplicarán desde julio de este año.

La pensión en Colombia, vale recordar, la pagará Colpensiones, pero todos los ahorros de los trabajadores, incluso los que fueron hechos en los fondos privados, se van a tener en cuenta para que los jubilados tengan una mesada más holgada.

Indica la nueva norma que tendrán derecho al reconocimiento de un bono con destino al Componente Complementario de Ahorro Individual para quienes hayan efectuado aportes o cotizaciones a dicho régimen mayores a 2,3 salarios mínimos legales mensuales vigentes a las cajas, fondos o entidades del sector público.

¿Qué pasará con el ahorro a pensión en Colombia en los fondos privados?

Así mismo, el beneficio indica para aquellos que hayan prestado servicios como servidores públicos, o a un título pensional a quienes hayan trabajado en empresas que tienen a su exclusivo cargo las pensiones de sus trabajadores y trasladen la parte proporcional del cálculo actuarial correspondiente.

Este bono o título pensional será entregado cuando el afiliado solicite el reconocimiento de la pensión en Colombia, aclara la reforma avalada por el Congreso de la República.

Además de esto, aclara la ahora norma que los montos ahorrados en las cuentas de ahorro individual, que a la entrada en vigencia de esta ley administren las Administradoras del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, seguirán siendo administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones.

(Recomendado: Solo en estos casos se reconocerá la pensión por invalidez en Colombia desde julio)

Esto último se dará hasta el momento en que se consolide la pensión integral de vejez, “momento en el cual el valor de las cotizaciones realizadas junto con los rendimientos hasta por los 2,3”, concluye la reforma.

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