Conductores se pueden salvar de inmovilización por llevar luces fundidas; hay dato clave

Economía
Tiempo de lectura: 2 min

Tú navegador no es compatible para reproducir este audio

Escrito por:  Redacción Economía
Actualizado: 2024-09-22 14:53:16

El Código Nacional de Tránsito detalla el listado completo de infracciones que pueden cometer los colombianos, incluyendo sus excepciones.

A la hora de conducir un vehículo no basta solo con acelerar o saber mover el mismo, pues es necesario conocer sobre toda la normativa que rige en Colombia. Aunque, así como hay deberes, también hay derechos que, en caso de ser requerido por las autoridades, pueden ser de gran ayuda para entender los procedimientos.

(Vea también: Cientos de motos en Bogotá podrían ser inmovilizadas: cometen infracción y la normalizaron)

Hace varios años, en Colombia es obligatorio que los conductores lleven las luces de sus carros y motos encendidas, razón que incluso fue tenida en cuenta por las empresas fabricantes, que ahora no incluyen interruptores en sus vehículos.

Qué pasa cuando lleva laso luces del vehículo apagadas

A través de sus redes sociales, el creador de contenido conocido como ‘Señor Biter’ publicó un video en el que les explica a sus usuarios, cuál es la infracción por la que le pueden inmovilizar su carro o moto, en caso de no llevar las luces encendidas.

El ‘influencer’ citó la infracción D08 del Código Nacional de Tránsito, la cual indica que habrá multa en caso de conducir sin luces e, incluso, podría ser inmovilizado.

“Conducir un vehículo sin luces o sin los dispositivos luminosos, de posición, direccionales o de freno, o con alguna de ellas dañada, en las horas o circunstancias en que lo exige este código. Además, el vehículo será inmovilizado, cuando no le funcionen dos (2) o más de estas luces”, dice el Código de Tránsito sobre la infracción D08.

@senorbiterAGENTE de Tránsito me paró y tenía la luz dañada, esto sucedió…♬ sonido original – señor Biter

Cómo evitar la inmovilización del vehículo por luces

Sobre el tema, el ‘Señor Biter’ expuso que, si usted lleva una de sus luces fundidas, puede intentar el cambio y subsanar la infracción.

No obstante, recalcó que en caso de tener solo una, tal como lo dice el código, no podrá ser inmovilizado su vehículo, pues este indica que deben ser dos o más bombillos apagados.

Temas Relacionados:

Te puede interesar

Carros

Alertan a propietarios de estos vehículos en Colombia: los de más de 10 años saldrían del mercado

Nación

Nuevo temblor en Colombia sacudió la noche de este jueves; se sintió en Cundinamarca

Economía

Las diez carreras más rentables para estudiar en 2026; perfiles que piden como pan caliente

Bogotá

Habló padre de niña envenenada con talio en Bogotá y dijo cómo conoció a Zulma Guzmán

Nación

Otro precandidato presidencial renunció: Abelardo de la Espriella sumó nuevo aliado

Nación

Salario mínimo en Colombia: así es como Gobierno propone equilibrar aumento sin golpear a empresas

Sigue leyendo