Jugada con pago de cesantías afectaría a trabajadores: explican el problema que se armaría
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Ahora las empresas podrán acordar por escrito la mensualización, pagando cada mes del año el 1 % del salario base en vez del 12 % en un solo pago en enero.
Con la entrada en vigencia de la reforma laboral en 2026, el pago de los intereses de las cesantías en Colombia tendrá un cambio importante. La Ley 2466 de 2025 mantiene la obligación para los empleadores de reconocer este beneficio, equivalente al 12 % anual sobre el valor de las cesantías acumuladas, pero introduce una nueva modalidad opcional de pago.
Hasta ahora, estos intereses debían cancelarse en una sola cuota antes del 31 de enero de cada año; desde 2026, empleador y trabajador podrán acordar por escrito la mensualización, recibiendo cada mes el 1 % del salario base, que al final del año suma el mismo 12 %.
Si no existe acuerdo, se conserva el esquema tradicional de pago anual. La reforma no elimina las responsabilidades legales ni las sanciones por incumplimiento en los plazos.
Los intereses siguen entregándose directamente al trabajador y no se consignan en el fondo de cesantías. Sin embargo, esto afectaría a aquellos que necesitaban imperiosamente la plata en enero para saldar deudas.
Además, se autoriza a los empleadores a hacer aportes mensuales anticipados del 8,33 % del salario base al fondo de cesantías, con reglamentación a cargo del Ministerio de Salud para la PILA.
La fórmula de cálculo de los intereses se mantiene sin cambios, garantizando que el monto recibido sea equivalente al del sistema anterior.
¿Cómo es el pago de cesantías en Colombia?
El pago de las cesantías en Colombia es una prestación social obligatoria que busca proteger al trabajador en caso de quedar desempleado o enfrentar determinadas necesidades económicas.
Corresponde a un mes de salario por cada año trabajado, o proporcional si el tiempo laborado es menor. Este valor no se entrega directamente al empleado, sino que el empleador debe consignarlo en un fondo de cesantías elegido por el trabajador antes del 14 de febrero de cada año, con base en lo causado durante el año anterior.
Las cesantías pueden retirarse en situaciones específicas permitidas por la ley, como la terminación del contrato laboral, la compra o mejora de vivienda, el pago de estudios propios o de familiares, o para financiar educación.
De esta manera, funcionan como un ahorro obligatorio con fines sociales. Además de las cesantías, el empleador debe pagar los intereses sobre estas, equivalentes al 12 % anual del valor acumulado, los cuales sí se entregan directamente al trabajador, generalmente antes del 31 de enero de cada año.
Con la reforma laboral que entra en vigor en 2026, se permite también pactar el pago mensual de estos intereses, sin modificar el monto total anual.
En resumen, las cesantías son un derecho laboral fundamental que combina ahorro, protección social y apoyo financiero en momentos clave de la vida laboral del trabajador.
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