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Es uno de los incrementos que se producen, por ley, cada nuevo año, de acuerdo al cálculo de la inflación que lleva a cabo el Dane
El Índice de Precios al Consumidor (IPC) es un parámetro que permite entender cómo cambian los precios de las cosas que compramos todos los días, como la comida, la ropa y el transporte. El IPC nos dice si los precios de esos productos han subido o bajado, en un periodo de tiempo determinado, dando una pista clara sobre el dato de la inflación.
(Vea también: ¿Cuándo sube el arriendo en Colombia? Aumento será de 5,20 %, pero hay condición clave)
En Colombia, el valor de varios productos y servicios depende de esta cifra, y cualquier ajuste se lleva a cabo a la luz de la misma, la cual, en el 2024 fue del 5,20 %. Precisamente, el arriendo es uno de los que se encuentra ligado al IPC.
Según lo determina la Ley 820 de 2023, el incremento del valor en los contratos de arriendo no puede ser superior al 100 % del IPC que se definió para el año anterior. Esto indica que el arriendo de un inmueble en Colombia, puede aumentar máximo un 5,2 % en 2025.
Así las cosas, si en 2024 pagaba 800.000 pesos de arriendo, deberá llevar a cabo el siguiente cálculo. Tenga en cuenta que también puede reemplazar la cifra por el valor de su arriendo para conocer el valor preciso de su aumento puntual; lo importante es mantener la cifra del IPC:
La ley determina que el incremento en el valor del arriendo solo se puede efectuar una vez al año y la modificación deberá ser notificada por escrito por parte del arrendador.
Además de ello, el incremento no es retroactivo, lo que quiere decir que únicamente le pueden subir una vez concluya un año desde la firma del contrato. Esto implica que si el contrato inició en abril de 2024, el incremento aplica desde abril de 2025.
Según explica El Tiempo, el incumplimiento o tergiversación de esta medida, por ejemplo, si le quieren subir más del IPC, le permite al inquilino efectuar las denuncias correspondientes. El propietario puede exponerse a sanciones de la Superintendencia Financiera de Colombia (SIC), a través de multas o con la pérdida de matrícula del arrendador.
En Bogotá puede interponer una denuncia en la Secretaría de Hábitat (carrea 13 # 52-25) presentando una queja por escrito o a través del correo defensordelciudadanohabitatbogota.gov.co.
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