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El Grupo Sura olvidó detallar información en una demanda presentada contra la Supersalud y ahora tendrá un plazo para que el proceso continúe.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca le inadmitió una demanda a la EPS Suramericana y Grupo de Inversiones Suramericana (Sura) en contra de la Superintendencia de Salud por un error de trámite, afirmó La República.
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El ente explicó que aunque en el apartado de ‘Notificaciones’ de la demanda aparecían los correos electrónicos del demandante y el demandado para avisos judiciales, no detallaron ningún lugar o dirección para recibir notificaciones personales.
“Conforme con el artículo 170 de la Ley 1437 de 2011 se inadmitirá la demanda de referencia y la parte demandante tendrá 10 días para subsanar esta información so pena de rechazarla”, explicó el medio.
No obstante, Sura dijo que ya radicó el requerimiento ante el Tribunal y que esta decisión no afecta en gran medida el proceso.
“Esta decisión en nada afecta el trámite normal del proceso por parte del Tribunal ni es un rechazo o decisión de fondo en relación con esta demanda. La compañía está presta a aportar y participar con lo que le corresponde en el desarrollo del proceso”, aseguró la compañía, citada por Valora Analitik.
Según La República, la demanda pretende declarar nula la resolución del 13 de enero de 2022, con la que la Supersalud autorizó a que el Grupo Gilinski presentara la oferta pública de adquisición (OPA) por compañías estratégicas del Grupo Empresarial Antioqueño. Pues a través de 3 OPA, Gilinski se posicionó como el mayor accionista financiero con el 38 % de participación en el ‘holding’.
“Para la adquisición indirecta de una participación no controlante del 10 % o más de la composición del capital de la EPS Suramericana, presentada por las sociedades Nugil SAS y JGDB Holding SAS”, dijo el diario.
Frente a esto, Sura afirmó que la Superintendencia de Salud incumplió la ley “al haber aprobado la adquisición indirecta de acciones de EPS Sura sin haber hecho las verificaciones y las valoraciones que en derecho le correspondía (expedición irregular y falsa motivación)”, explicó Valora Analitik.
En ese sentido, se busca que la institución sea condenada y repare al Grupo Sura y a la Eps por los daños patrimoniales que le ha provocado y la “afectación reputacional negativa por la forma en la que fueron aprobadas las OPA”.
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