EPS Sura, Sanitas y Compensar no cumplirían con importante requisito y habría consecuencias

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Al parecer, el motivo de la demanda del Ministerio de Salud tiene que ver con el incumplimiento de reservas técnicas de inversión que deberían tener.

El año nuevo 2024 parece no augurar buenos vientos para la relación entre las entidades promotoras de salud (EPS) y el Gobierno nacional. O al menos así lo vaticina el nuevo frente de pelea que abrió el Ministerio de Salud este fin de semana con una acción popular que interpuso ante el Juzgado Administrativo de Bogotá contra de 21 EPS (entre las que están Compensar, Sanitas y Sura).

El motivo de esta movida judicial es que el ministerio señala que esas aseguradoras están incumpliendo con la obligación de invertir las reservas técnicas, que termina afectando el acceso oportuno a los servicios de salud a los afiliados que lo requieran.

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Las reservas técnicas son un requerimiento que deben cumplir las EPS para tener la plata suficiente para garantizar el pago a los prestadores de salud (clínicas, hospitales, laboratorios, etc.) que atienden a sus usuarios. Es un respaldo financiero que se maneja en el negocio de los seguros y que se usa como fondo para pagar altas demandas de servicios.

Según explica el consultor en salud, Ramón Abel Castaño, las EPS sostienen esas reservas con el 90 % de la plata que les gira la Administradora de Recursos de Salud (ADRES) mensualmente para brindarles atención a sus afiliados y que se conoce como unidad de pago por capitación (UPC). Ese porcentaje, la aseguradora debe “tenerlo respaldado en inversiones líquidas de corto plazo y de alta liquidez”.

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El caso es que para el Ministerio de Salud ese señalado incumplimiento pone en riesgo la defensa del patrimonio público, la moralidad administrativa y el acceso al servicio público a la seguridad social en salud, según dice en la acción popular. Por lo tanto, le pidió al juzgado ordenarles a las EPS “evitar el daño contingente y hacer cesar el peligro, la amenaza, la vulneración o agravio sobre los derechos e intereses colectivos.

Esta acción judicial del ministerio es inédita en la historia del sistema de salud, que lleva 30 años construyéndose desde la Ley 100 de 1993.

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Para el investigador de la Universidad de Harvard, Johnattan García, resulta difícil guardar ese respaldo financiero como está la situación del sistema en este momento: con las EPS demandando más recursos en la UPC, señalando que no les alcanza para la demanda de servicios de salud actual, y con el ministerio insistiendo en que esos recursos son suficientes.

“A las EPS les entra la plata y les alcanza solo para las prestaciones de salud. Son tantos gastos que no alcanzan a guardar para las reservas técnicas”, aseguró el experto.

(Vea también: Gremio, en desacuerdo por demanda de Minsalud a EPS: “Gobierno no tiene ánimo de dialogar”)

Gestarsalud —el gremio que reúne a las aseguradoras del régimen subsidiado— expresó este lunes que no va a “opinar frente a la acción jurídica ya que no es claro el objetivo de la demanda”. Así mismo, dijo que “ha promovido el diálogo con el Gobierno Nacional para avanzar en mejoras al sistema de salud y ha sido reiterativo en que existen mecanismos legales para enfrentar este tipo de situaciones de iliquidez, que el Gobierno no ha considerado aún”.

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Por su parte, la presidenta ejecutiva de Acemi —gremio de las EPS del régimen contributivo—, Ana María Vesga, expresó su incomodidad y señaló que el Minsalud “apela a la inacción y ahora a las acciones judiciales y le niega al sistema de salud el diálogo técnico que requiere”, situación que para ella afecta a “millones de colombianos que empiezan a ver que es real la crisis explícita”.

El investigador García señala que una acción popular de estas puede tardarse años en resolverse y además “no pide medidas cautelares, lo que muestra que las decisiones que puedan derivarse no son urgentes y que es más para dar un golpe mediático”.

Entre tanto, Ramón Abel Castaño señala que cuando se llegue a una decisión de fondo, el Gobierno podría darse un tiro en el pie “si un juez ordena liquidarlas y esas deudas se las trasladan al Gobierno”.

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Entre tanto, el sector salud está con los pelos de punta a la espera de lo que ocurra desde marzo en el Senado, en donde se darán los dos debates que le faltan a la reforma a la salud para ser ley.

¿Cuáles EPS no cumplen con reservas técnicas?

Según la acción popular entablada por el Ministerio de Salud, para septiembre de 2023 la Superintendencia de Salud identificó que las EPS del régimen contributivo Sura, Sanitas, Compensar, Famisanar, Comfenalco Valle, el Fondo de Pasivo Social Ferrocarriles de Nacionales, Servicio Occidental de Salud y EPM no cumplían con el indicador del régimen de inversiones.

Así mismo, en el régimen subsidiado no lo cumplen las EPS Capital Salud, Savia Salud y Capresoca.

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En las aseguradoras mixtas (subsidiado y contributivo), está Coosalud; mientras que en las que tienen plan de reorganización institucional o de ajuste financiero, están Nueva EPS, Emssanar, Asmet y Cajacopi S.A.S.

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En Colombia, la problemática de las deudas a las Entidades Promotoras de Salud (EPS) persiste como un desafío significativo en el sistema de salud. Esta situación afecta tanto a los usuarios como a las propias EPS, ocasionando repercusiones en la calidad y accesibilidad de los servicios de salud.

(Vea también: Pacientes de Sánitas, Sura, Nueva EPS y más reciben otra mala noticia: habrá problemón)

La falta de pago oportuno a las EPS impacta directamente en la atención médica de los afiliados, ya que las entidades pueden enfrentar dificultades para cubrir los costos operativos, adquirir medicamentos y garantizar la disponibilidad de personal médico.

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