Confirman quiénes no pagarían 4x1.000 en Colombia, luego de anuncio de la Dian

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Es importante que las personas sepan cómo se hace el cobro de este impuesto en la actualidad y quienes pueden estar exentos del mismo.

El Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF), conocido como impuesto del 4×1.000, es un tributo que grava ciertos movimientos financieros realizados en Colombia.

Su objetivo es financiar la inversión social del Estado, en particular en áreas como educación, salud y primera infancia.

(Lea también: Gobierno alerta por situación (de plata) que ocurriría en octubre: impactaría bastante)

En ese contexto, Luis Carlos Reyes, director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) realizó un anuncio en el que se podrían beneficiar miles de colombianos al estar exentos de dicho cobro.

En ese sentido, la periodista, Laura Camila Vargas, en una entrevista con Lui Carlos Reyes, aclaró cómo funcionará el 4×1.000 de ahora en adelante, aunque no confirmó la fecha exacta en la que entraría en vigor.

“Para las personas que, en total, entre todas sus cuentas, mueven menos de $ 16,4 millones se acaba el 4×1.000”, dijo en la entrevista.

De igual manera, es importante recordar que, a partir de 2025, el 4×1.000 tendría una transformación en Colombia. Esto, luego de la iniciativa fue aprobada por el Congreso en la reforma tributaria de 2022, que tramitó el gobierno de Gustavo Petro.

Ante esa coyuntura, es importante que las personas sepan cómo se hace el cobro de este impuesto en la actualidad y quienes pueden estar exentos del mismo.

¿Cómo funciona el cobro del 4×1.000?

El impuesto se aplica a una tasa del 0,4 % sobre el valor de las siguientes transacciones:

Retiros de efectivo

  • De cuentas corrientes y de ahorro.
  • De cajeros automáticos.
  • De ventanillas de las entidades financieras.

(Le puede interesar: ¿Lo pueden embargar por no pagar las cuotas de la administración en un conjunto?)

Pagos con tarjetas débito

  • En comercios físicos y virtuales.
  • Pago de servicios públicos y privados.

Transferencias

  • Entre cuentas del mismo titular en la misma entidad financiera (exentas si no superan los $ 16.473.000 mensuales).
  • A cuentas de otros titulares en la misma entidad financiera (exentas si no superan los $ 16.473.000 mensuales).
  • A entidades financieras diferentes (sin excepción).

Compras con tarjeta de crédito

  • En comercios físicos y virtuales.
  • Pago de servicios públicos y privados.

¿Qué transacciones no están gravadas?

  • Depósitos en efectivo.
  • Consultas de saldo.
  • Transferencias entre cuentas del mismo titular en Fondos de Inversión Colectiva.
  • Pagos con tarjeta débito a través de PSE.
  • Operaciones en Daviplata y Nequi si no superan los $16.473.000 mensuales.

¿Cómo se paga el impuesto?

El impuesto se descuenta directamente del valor de la transacción, por lo que no es necesario realizar ningún pago adicional.

¿Quiénes están exentos del impuesto del 4×1.000?

  • Pensionados: Pueden tener una cuenta exenta del impuesto en la entidad financiera que deseen.
  • Entidades sin ánimo de lucro: Deben cumplir con ciertos requisitos para acceder a la exención.

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