La mitad del año 2026 arranca con una sonrisa gigante para la fuerza laboral colombiana. Entre el pago fresco de la prima de mitad de año y los ajustes de los pasados meses, los trabajadores del país acaban de recibir un nuevo e importante espaldarazo a sus ingresos. A partir de este miércoles 1 de julio, entró en vigencia un incremento directo en el dinero que reciben las personas que sacrifican sus días de descanso para cumplir con sus obligaciones profesionales.
Este ajuste, lejos de ser un capricho, forma parte del cronograma de implementación gradual de la Ley 2466 de 2025, una normativa que busca devolverle valor al tiempo familiar y de descanso de los ciudadanos, pero que al mismo tiempo ha encendido las alarmas en los gremios económicos por el impacto directo en los costos de operación.
El cambio que empieza a regir desde hoy establece que el recargo por laborar domingos y festivos pasa del 80 % al 90 % sobre el valor de la hora ordinaria. La meta final de esta reforma es ambiciosa y promete completarse el próximo año para dignificar por completo las jornadas de descanso de los colombianos.
Para que no lo dejen confundido con las cuentas de su nómina, aquí le mostramos cómo ha venido cambiando y hacia dónde va el pago de estos recargos en el país:
| Periodo de Vigencia |
Porcentaje de Recargo |
Estado de la Medida |
| Hasta junio de 2025 |
75 % |
Esquema antiguo |
| Julio de 2025 a junio de 2026 |
80 % |
Etapa anterior |
| Julio de 2026 a junio de 2027 |
90 % |
Vigente a partir de hoy |
| Desde julio de 2027 en adelante |
100 % |
Meta final de la reforma |
A este panorama se le suma otra victoria reciente para los empleados: el cambio de la jornada nocturna que rige desde el pasado 25 de diciembre de 2025. Hoy por hoy, el horario de la noche empieza oficialmente a las 7:00 p. m. y va hasta las 6:00 a. m., pagándose con un recargo adicional del 35 %.
El debate sobre a qué hora se esconde el sol para la economía colombiana no es nuevo. La historia de nuestro mercado laboral demuestra que la jornada nocturna ha sido un terreno de constante disputa política según el gobierno de turno:
- Mariano Ospina Pérez: Fijó de manera formal la jornada nocturna original entre las 6:00 p. m. y las 6:00 a. m.
- Álvaro Uribe (2002): La trasladó drásticamente hasta las 10:00 p. m. con el fin de incentivar el empleo comercial.
- Juan Manuel Santos (2017): Adelantó el reloj y fijó el inicio de los recargos a las 9:00 p. m.
- Gustavo Petro (2025): Devolvió el beneficio a los trabajadores, estableciendo que la noche arranca a las 7:00 p. m.
De acuerdo con análisis del diario económico La República, este paquete de medidas no golpea a todo el mundo por igual. Las industrias que operan de manera ininterrumpida o que tienen sus picos de venta precisamente los fines de semana verán un incremento inmediato en sus costos operativos.
Los sectores que se encuentran revisando con lupa sus modelos de administración de personal y programación de turnos para no perder competitividad son:
- Comercio y almacenes de cadena.
- Empresas de servicios y logística de transporte.
- Empresas de vigilancia y seguridad privada.
- Centros de contacto y empresas de BPO con operaciones 24/7.
Si los empresarios pensaban que el ajuste de hoy era el único reto del mes, se equivocan. Quince días después de este incremento en los recargos dominicales, es decir, el próximo 15 de julio de 2026, seguirá la aplicación de la Ley 2101 de 2021.
A partir de esa fecha, la jornada laboral máxima ordinaria en Colombia se reducirá de 44 a 42 horas semanales. Esto significa que los trabajadores laborarán dos horas menos a la semana sin que se les pueda disminuir un solo peso de su salario mensual, continuando con un proceso de reducción gradual que arrancó en 2023 cuando la jornada máxima permitida era todavía de 48 horas semanales.