Muchos trabajadores en Colombia no están cobrando auxilio en su empresa: así se solicita

Economía
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Escrito por:  Valeria Arias
Actualizado: 2024-07-17 11:44:53

En Colombia los empleados tienen derecho a que se les garantice condiciones de trabajo dignas y este subsidio hace parte de las herramientas necesarias.

Se trata del subsidio para las gafas que garantiza la salud visual de los trabajadores y el adecuado desarrollo de las tareas de cada uno. Esta es una obligación para las empresas que deben cumplir con lo dispuesto en dos leyes vigentes:

(Vea también: Confirman desde cuándo se debe trabajar una hora menos en Colombia y cómo será la medida)

¿De cuánto es el auxilio de lentes en Colombia?

La cantidad de dinero que se otorga es variable, puesto que este es un beneficio extralegal, lo que quiere decir que no es obligación de las empresas (como sí lo es otorgar la dotación), pero muchas pueden decidir otorgarlo.

De igual forma, es un beneficio que también puede hacer parte de los acuerdos pactados con las EPS.

Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo: esta Ley 1562 de 2012 señala que los empleadores deben garantizar la salud y seguridad de sus trabajadores, para que se puedan hacer adecuadamente las tareas asignadas.

Resolución 2400 de 1979: esta habla sobre las condiciones de higiene y seguridad en el trabajo, mencionando que el empleador debe garantizar todos los equipos de protección personal a los empleados, incluyendo lentes de seguridad si son necesarios para la tarea.

¿Cómo solicitar el auxilio en la empresa?

Es importante aclarar a los empleados que este subsidio puede ser solicitado en caso de que su empresa tenga este beneficio y le ofrezca la cobertura del examen visual y ayuda con los lentes.

La forma más fácil de enterarse es consultando la persona encargada de recursos humanos de su compañía para saber si tiene este beneficio.

¿Cuánto es el subsidio que da la EPS para las gafas?

El Ministerio de Salud aclara que en el Plan de Beneficios de Salud (PBS) se cubren los lentes correctores externos en vidrio o plástico, incluyendo policarbonato de esta forma:

  • En Régimen Contributivo: para defectos que disminuyan la agudeza visual, se cubren 1 vez cada año en las personas de 12 años o menos y una vez cada 5 años en los mayores de 12 años, siempre por prescripción de un médico u optómetra. La cobertura incluye la adaptación del lente formulado a la montura; el valor de la montura corre a cargo del usuario.
  • En Régimen Subsidiado:
    • Para personas menores de 21 años y mayores de 60 años con defectos de agudeza visual. Se cubren una vez al año, siempre por prescripción médica o por optometría. La cobertura incluye el suministro de la montura hasta por un valor equivalente al 10% del salario mínimo legal mensual vigente (130.000 pesos).
    • Para personas entre 21 y 60 años se cubren los lentes externos una vez cada 5 años, por prescripción médica o por optometría, para defectos que disminuyan la agudeza visual. La cobertura incluye la adaptación del lente formulado a la montura. El valor de la montura corre a cargo del usuario.
FUENTES CONSULTADAS

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