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Este pago lo reciben todos los trabajadores sin importar si el contrato terminó por renuncia voluntaria, despido, acuerdo mutuo u otra causa.
En Colombia, la liquidación es el pago que debe recibir un trabajador al momento de finalizar su relación laboral con un empleador. Este pago corresponde a la suma de los conceptos laborales que el empleador le debe al trabajador, tales como salarios pendientes, prestaciones sociales y, en algunos casos, indemnizaciones.
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Este pago lo reciben todos los trabajadores sin importar si el contrato terminó por renuncia voluntaria, despido, acuerdo mutuo, cumplimiento del plazo pactado o cualquier otra causa legal de finalización. Quien debe entregarlo será el empleador al momento de que sé de por finalizada la contratación.
Para calcular la liquidación de un mes laborado en 2025, se puede utilizar la calculadora del Ministerio de Trabajo de Colombia como una guía para ello. Esta herramienta permite ingresar la fecha de ingreso y salida, así como el salario, para obtener un monto aproximado.
Al hacer el ejercicio en un caso hipotético de un trabajador que se gana un salario mínimo (1.423.500 pesos), con auxilio de transporte de 200.000 pesos, su liquidación por trabajar durante un mes este año sería de 342.337.
El valor de la liquidación surge de las cesantías (139.801 pesos), intereses sobre cesantías (1.445 pesos), prima del primer semestre (139.801 pesos) y vacaciones que no fueron disfrutadas (61.290 pesos).
Si el empleador no entrega la liquidación en el tiempo adecuado, el trabajador tiene el derecho de presentar una queja ante el Ministerio de Trabajo o de acudir a la jurisdicción laboral para exigir su pago. En algunos casos, la ley establece sanciones para el empleador por el retraso en el pago, lo que puede representar un costo adicional considerable.
Para calcular cuánto dinero debe recibir de liquidación, deberá aplicar la siguiente fórmula a partir de sus ingresos: (Salario mensual / 30) × Días trabajados.
De acuerdo con la web especializada en gestión de Recursos Humanos, Buk, si un empleador no paga la liquidación laboral a tiempo, el trabajador tiene derecho a reclamar una indemnización moratoria, según el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo.
(Lea también: Cuánto les deben pagar a empleados del SITP en la prima de junio; así se calcula fácil)
Esta indemnización equivale a un salario diario por cada día de retraso en el pago. Además, el trabajador puede acudir a un juez laboral para exigir el pago de la liquidación y reclamar los intereses moratorios.
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