¿Le dejaron de pagar alguna mesada de la pensión? Así puede reclamarle a Colpensiones
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Visitar sitioLos mecanismos que indica la ley dan cuenta de procesos de cobro que se hacen directamente al fondo que debe pagar al jubilado.
En caso de que Colpensiones o alguna de las administradoras privadas no hiciera el pago de una mesada de pensión en Colombia, la norma local otorga herramientas a los cotizantes para hacer el reclamo.
Los mecanismos que indica la ley dan cuenta de procesos de cobro que se hacen directamente al fondo que debe pagar al jubilado.
(Vea también: Avisan a pensionados por casos en los que les pueden suspender el pago y pocos conocen)
El pago de la mesada de pensión en Colombia es obligatorio para todos los fondos del sistema y, en caso de no hacerse en los tiempos obligatorios, se pueden solicitar los retroactivos y las respectivas compensaciones.
¿Qué hacer si no le pagaron una mesada de pensión en Colombia?
El Ministerio de Justicia tiene una hoja de ruta para los cotizantes que tienen estos inconvenientes con sus administradoras:
- Completar y presentar el formulario de cada administradora de pensiones destinado al pago de las pensiones que no han sido pagadas, para lo cual debe anexar: copia del documento que contiene el reconocimiento de la pensión, la historia laboral y copia de su documento de identidad
- La administradora de pensiones tiene un mes para estudiar la solicitud presentada
- La administradora procede a expedir un documento en el que decide si reconoce o no las pensiones adeudadas y en el caso de que sí las reconozca, ordena el pago de las pensiones atrasadas. Esta decisión debe ser comunicada al solicitante
Indica la norma que, en caso de que la administradora niegue la solicitud sobre el pago de la mesada de pensión en Colombia, el ciudadano puede acudir al juez laboral para solicitar el reconocimiento y pago de los meses.
Y, si la administradora de pensiones contesta negativamente puede acudir a la jurisdicción ordinaria y presentar una demanda laboral para que sea reconocido su retroactivo pensional.
“Recuerde que si el valor a ser reconocido es menor a 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes, puede presentar la demanda a nombre propio sin necesidad de recurrir a un abogado. En el caso en que supere dicho valor, es decir, los 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes, debe contratar a un abogado para presentar la demanda”, dice el Ministerio de Justicia.
(Recomendado: Colpensiones alertó a quienes quieren trasladarse de fondo)
Si Colpensiones reconoce el pago de la mesada de pensiones en Colombia, este se efectuará desde el momento en que se haya desafiliado el ciudadano. Aclarando también que los “derechos laborales no podrán solicitarse después de tres años desde que sucedieron los hechos”.
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