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Los establecimientos de comercio están obligados a aceptar devoluciones o cambios sin necesidad de presentar el recibo de compra.
La temporada navideña es sinónimo de regalos, ofertas y compras apresuradas. Sin embargo, es también un periodo en el que las devoluciones se vuelven protagonistas. Ya sea por errores en la talla, color o diseño, o por problemas de calidad, muchos consumidores se encuentran con la necesidad de cambiar o devolver productos. Pero, ¿qué sucede cuando no tienen la factura?
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Contrario a lo que muchos piensan, los establecimientos están obligados a aceptar devoluciones o cambios sin necesidad de presentar el recibo de compra. Este derecho está respaldado por la Ley 1480 de 2011, conocida como el Estatuto del Consumidor, que protege a los ciudadanos en casos de productos defectuosos, publicidad engañosa o riesgos para la seguridad y salud.
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Según el artículo 27 del Estatuto del Consumidor, los compradores tienen derecho a solicitar constancia de toda operación de consumo. Aunque la factura es el medio tradicional para acreditar la compra, no es indispensable para ejercer los derechos contenidos en la ley. “Su presentación no será condición para hacer valer los derechos contenidos en esta ley”, establece el estatuto.
Además, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), encargada de garantizar el cumplimiento de esta normativa, señala que los comercios deben contar con un registro de las ventas hechas. Esto implica que los consumidores pueden hacer valer sus derechos de garantía incluso sin presentar el comprobante físico o digital.
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La ley también detalla los derechos que tienen los consumidores en caso de productos defectuosos. Según el portal Ámbito Jurídico, las opciones incluyen:
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Esto aplica tanto para productos adquiridos en tiendas físicas como en plataformas de comercio electrónico, siempre y cuando el consumidor pueda demostrar la relación entre el bien y el comercio, ya sea mediante correos electrónicos, capturas de pantalla o cualquier otro soporte digital.
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Si un establecimiento comercial se niega a cumplir con las garantías establecidas, el consumidor puede acudir directamente a la SIC para reportar el caso. Esta entidad actúa como garante de los derechos de los consumidores y puede intervenir en conflictos entre compradores y comerciantes.
En esta época de alto consumo, es importante que los ciudadanos conozcan sus derechos para evitar abusos y exigir el cumplimiento de las garantías legales. Las compras navideñas no solo deben ser una experiencia satisfactoria, sino también respaldada por la protección que ofrece la ley.
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