En su decisión, la sección quinta del Consejo de Estado, que se entiende de asuntos electorales, le pidió a la Corte Constitucional que le dé un trámite rápido a la demanda contra el artículo del acto legislativo de la paz que dejaba pendiente la ratificación de los acuerdos al resultado del plebiscito del 2 de octubre.

También le pidió al Congreso y al presidente Santos que avancen en la implementación de los acuerdos a través del mecanismo de vía rápida o “fast track”, como se conoce.

Se confirmó una manipulación y violación psicológica al electorado”,

dijo la magistrada Lucy Jeannete Bermúdez, según publica Caracol Radio.

hubo violencia psicológica para los electores en la medida de que se tergiversó el contenido de los acuerdos, se dio información falsa, se trajeron a colación situaciones que no estaban planteadas dentro del mismo”,

agregó la magistrada.

El efecto de esta decisión en la práctica es que se puede abrir una investigación contra la campaña del No que lideró el Centro Democrático, cuyo gerente fue el exsenador Juan Carlos Vélez Uribe.

El origen de la demanda, instaurada por dos ciudadanos de Nariño, se remonta a la entrevista que Vélez Uribe dio en La República en la que divulgó que la estrategia de campaña no consistió en hacer pedagogía de su postura sino generar miedo en los electores.

Los resultados, sin embargo, no fueron suspendidos de manera cautelar como lo solicitaban los demandantes, porque el acuerdo fue revisado y el nuevo firmado en el Teatro Colón puede ser implementado a través del “fast track”, cuya viabilidad ya fue aprobada por la Corte Constitucional, agrega por su parte La F.m.

El Consejo de Estado también re refirió a la llamada “ideología de género”, que según con contradictores estaba presente en el acuerdo inicial de La Habana, firmado en Cartagena.

La pretendida ideología de género no es la que se encuentra transversal en todo el acuerdo, como lo indicaron las campañas del ‘no’, pues no hay un solo indicio que pueda demostrar que en ellos se encuentra presupuestos que vulneraban los derechos de la familia, que fue lo que se transmitió al electorado”, señala el fallo del Consejo de Estado

agrega la decisión.

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