En una primera acción, el Tribunal de Cundinamarca negó la pretensión de un ciudadano que pidió anular el fallo que dio vía libre al plebiscito para ratificar los acuerdos de La Habana.

De acuerdo con la demanda, del abogado Tomás Oñate, hubo una violación al debido proceso, porque la Corte debió esperar a que el Consejo de Estado fallara sobre la legalidad de las resoluciones del Gobierno que le dieron vida a la mesa de negociación de La Habana, publica La F.m.

Según el magistrado Cerveleón Padilla, la demanda es subjetiva y por lo tanto se deben negar

No se encontró que con esta tutela se pudiera afectar suderecho al debido proceso. Y son apreciaciones bastante infundadas del actor. Tampoco se podía permitir que se le impidiera al Presidente de la República el uso de sus facultades constitucionales y legales”.

El demandante esperaba que el tribunal de paso ordenara la suspensión del proceso de paz.

En cuanto a esta otra demanda, el Consejo de Estado aclaró que el pasado 7 de julio, el demandante Oñate no se presentó a la audiencia a la que fue citado para que expusiera su punto de vista, lo que sí hizo el Gobierno, según publica Caracol Radio.

La magistrada ponente, María Elizabeth García, se dispone a preparar su documento para decidir la legalidad de las resoluciones mediante las cuales se instaló la mesa de diálogo con las Farc en La Habana.

De otro lado, a la Corte Constitucional llegó una demanda de nulidad del fallo que consideró ajustado a la Constitución el umbral del 13 por ciento, según Caracol Radio.

 

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