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Este artículo fue curado por Santiago Avila   Mar 7, 2024 - 10:18 pm
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El Servicio Social Obligatorio (SSO), también conocido como “año rural”, es un requisito indispensable para poder ejercer ciertas carreras en el área de la salud en Colombia.

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Cabe resaltar que, pese a que se le llama “obligatorio”, hay circunstancias en las que se puede ser exonerado, como la falta de plazas disponibles en áreas rurales debido al exceso de profesionales graduados.

Sin embargo, esto podría cambiar pronto. El Ministerio de Salud está trabajando en una resolución para hacer obligatorio el año rural para los graduados de carreras como bacteriología, enfermería, odontología y medicina.

Según informa El Colombiano, esta medida se está considerando porque se cree que quienes no realizan este servicio después de graduarse no están completando su formación de manera adecuada.

Semanas atrás en Pasto, el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, dijo que:

No estamos educando adecuadamente en algunas partes a nuestros médicos (…) de pronto los médicos están pensando que solo quieren investigación o que apenas terminen, se van a ir a los Estados Unidos a otro tema diferente”, señaló.

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El medio anteriormente mencionado, tuvo acceso a un proyecto de resolución, el cual fue publicado para comentarios, con el que el Gobierno nacional tiene como propósito realizar cuatro cambios significativos en el Servicio Social Obligatorio. De acuerdo con el documento, el primero, es cambiar el tiempo de duración.

“Se cumplirá por el término de seis (6) meses en las poblaciones deprimidas, urbanas o rurales o de difícil acceso a los servicios de salud”, señala el documento.

El segundo es que las causales de exoneración disminuye a cinco. En ese sentido, la exoneración aplicaría para quienes hayan hecho rural:

  • En otra profesión del área de la salud.
  • Por un tiempo mínimo de un año luego de obtener su título en el exterior.
  • Hayan prestado servicio militar.
  • Extranjeros con un título de posgrado en el exterior y que esté convalidado.
  • Quienes comprueben que no pueden prestarlo “por enfermedad catastrófica, por caso fortuito o fuerza mayor”.

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Por su parte, el tercer punto dice que, aquellos que no cumplan con las causales anteriormente mencionadas, deben realizar de manera obligatoria el “año rural”. Cabe resaltar que, en caso de que no sean elegidos en los sorteos anuales, el Ministerio dice que los jóvenes deberán seguir inscribiéndose hasta que obtengan un cupo.

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