Indecopi confirma que obras generadas totalmente por inteligencia artificial no pueden registrarse como derecho de autor en Perú
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Visitar sitioEn 2023, Indecopi reforzó criterios que excluyen de protección a trabajos generados solo por IA.
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual de Perú (Indecopi) tomó una decisión contundente frente al debate sobre la protección de derechos de autor de las obras creadas con inteligencia artificial (IA). De acuerdo con la entidad, solo pueden registrarse como protegidas aquellas obras que sean “el fruto de la actividad creativa del ser humano”, excluyendo de esta manera los resultados generados de manera exclusiva por sistemas automatizados o algoritmos. Esta postura fue confirmada por la Sala Especializada en Propiedad Intelectual, que rechazó en segunda instancia la solicitud para registrar tres imágenes producidas con IA.
Según informó el Indecopi, las imágenes presentadas pertenecían a un único solicitante, que buscaba obtener derechos de autor sobre obras tituladas “Viejo Callejón de un solo caño”, “Café del Lunes” y “Lomo Saltado en Taberna”. Tras un primer rechazo, el trámite pasó a una segunda instancia en la que el solicitante defendió que había usado la IA como “herramienta de apoyo”, afirmando que su intervención fue determinante en la composición, iluminación, selección de resultados y la edición final de cada obra.
No obstante, la sala evaluadora consideró que no existía evidencia suficiente para verificar una intervención creativa humana relevante ni un control creativo sustancial en el producto final. De acuerdo con el organismo, “el derecho de autor protege las creaciones intelectuales personales y originales”, por lo que los resultados generados solamente por sistemas de inteligencia artificial, sin prueba de participación humana significativa, no pueden ser considerados como obras protegibles. Así lo reportó también el diario La República de Perú, que detalló los argumentos presentados por el solicitante para cada una de las imágenes y la valoración de la sala frente a la falta de soportes claros sobre la intervención creativa humana.
Como resultado, los recursos de apelación fueron declarados “infundados” y se confirmó la negativa inicial al registro de los derechos de autor de estas imágenes. Sin embargo, el Indecopi resaltó que la resolución todavía puede ser impugnada ante la vía judicial, dejando abierta la posibilidad de un debate futuro en los estrados peruanos respecto a los derechos de autor en el campo de la inteligencia artificial.
¿Por qué Indecopi rechaza el registro de obras hechas con inteligencia artificial en Perú?
El Indecopi establece que, según las normas locales sobre derechos de autor, solo pueden ser protegidas las obras que sean resultado de “la actividad creativa del ser humano”. Los resultados obtenidos exclusivamente con inteligencia artificial, sin pruebas de intervención creativa humana, quedan excluidos de la protección, como sucedió en este caso tras dos instancias administrativas.
¿Qué significa intervención creativa humana en una obra registrada por derecho de autor?
La intervención creativa humana implica que una persona haya tenido un papel determinante en la creación, composición y edición de la obra, tomando decisiones estéticas y de contenido relevantes que no puedan ser atribuidas únicamente a sistemas automatizados o algoritmos. Esta intervención debe ser demostrada con evidencia para acceder a la protección de derechos de autor.
Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
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