Traslados urgentes en Antioquia: 100 personas salieron de estaciones de Policía, pero el hacinamiento persiste

Nación
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Gobernación de Antioquia traslada 100 reclusos para aliviar la crítica sobrepoblación carcelaria. ¿Alcanzará la medida?

La Gobernación de Antioquia, en coordinación con la Secretaría de Seguridad, Justicia y Paz y el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), anunció el traslado de 100 personas privadas de la libertad desde estaciones de Policía y unidades militares del departamento hacia diferentes establecimientos carcelarios. Esta decisión busca aliviar la saturación que se vive actualmente en los Centros de Detención Transitoria, también conocidos como CDT, que incluyen tanto estaciones de Policía como unidades militares.

De acuerdo con la información brindada por la Gobernación, estos traslados forman parte de una estrategia para descongestionar dichos centros y permitir que los miembros de la fuerza pública puedan retornar a sus funciones principales. Además, la medida responde al cumplimiento de las directrices emitidas por la Corte Constitucional de Colombia en la Sentencia SU-122 de 2022, donde se instaba a las autoridades a tomar acciones concretas para atender la crítica situación penitenciaria y garantizar los derechos fundamentales de las personas privadas de la libertad.

El reparto de los 100 privados de la libertad trasladados fue el siguiente: 60 provenían de estaciones del Departamento de Policía Antioquia, 37 del Departamento de Policía Urabá y 3 más estaban bajo custodia de la Brigada XVII del Ejército Nacional. Este procedimiento no será único, ya que se prevé que en el primer semestre de 2026 sean trasladadas otras 80 personas bajo la misma modalidad, según lo establecido por las autoridades departamentales.

No obstante, aunque la reubicación busca mejorar la situación de hacinamiento y las condiciones de vida en los CDT, debe señalarse que tanto las estaciones de Policía como los establecimientos penitenciarios padecen serias deficiencias. Reportes de la Gobernación señalan que las personas detenidas en estaciones sufren hacinamiento extremo, insalubridad, mala calidad de los alimentos, imposibilidad de recibir visitas y el deber de dormir sentadas en el suelo, lo que constituye graves vulneraciones a los derechos humanos reconocidos nacional e internacionalmente.

Por otro lado, las cárceles a donde se están trasladando los privados de la libertad tampoco escapan a la problemática de la alta ocupación. Estadísticas suministradas por el Inpec evidencian que en Antioquia el hacinamiento alcanza un 57 %, puesto que la capacidad instalada es para 8.191 personas y actualmente se albergan 12.848. Un ejemplo dramático es la cárcel La Paz en Itagüí, con un índice de hacinamiento del 227 %, mientras que Bellavista refleja un 109 % y en Apartadó también se supera el doble de su capacidad. Puerto Berrío, foco de múltiples denuncias por vulneraciones de derechos humanos, presenta un 75 % de hacinamiento, contrastando únicamente con el penal de Puerto Triunfo que muestra una tasa mucho menor, del 9,4 %.

En este contexto, las autoridades se enfrentan al complejo desafío de equilibrar la atención a los derechos fundamentales de las personas privadas de la libertad con la capacidad real de los establecimientos carcelarios. La vigilancia de la Corte Constitucional y organismos como el Inpec evidencia la relevancia y urgencia de este tema tanto a nivel regional como nacional.

¿Qué es exactamente un Centro de Detención Transitoria (CDT) y cómo se diferencia de un establecimiento penitenciario ordinario?

La principal diferencia radica en la función y el tiempo de permanencia de quienes se encuentran allí. Un Centro de Detención Transitoria (CDT) es un espacio, como estaciones de Policía o unidades militares, destinado a la reclusión temporal de personas capturadas mientras se define su situación jurídica o penal. Estos centros no están diseñados para estadías prolongadas, y por tanto suelen carecer de las condiciones necesarias de habitabilidad y atención a los derechos básicos de los reclusos.

Por su parte, los establecimientos penitenciarios ordinarios, como cárceles y penitenciarías, cumplen con el propósito de albergar a las personas una vez que han sido condenadas o definidas sus medidas de aseguramiento. Estos están regulados por organismos especializados, como el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), que, en teoría, deberían asegurar condiciones mínimas de dignidad y salubridad a las personas privadas de la libertad, aunque en la práctica estas garantías se ven frecuentemente desbordadas por el hacinamiento y la falta de recursos.


* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

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