Estados Unidos
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La Sala de Casación Penal de ese alto tribunal determinó que la embriaguez no es una condición que impida a las personas comprender la ilicitud de sus acciones.
Así quedó establecido al fallar sobre las pretensiones de un abogado que pedía a los magistrados anular una sentencia de 33 años de prisión en contra de un hombre que asesinó con arma blanca a otro en una fiesta, reseñó El Tiempo.
Un juez falló en primera instancia declarando la inimputabilidad del sujeto debido a que el asesinato ocurrió mientras estaba bajo los efectos del alcohol.
Pero el Tribunal Superior de Cali conceptuó lo contrario y profirió condena en contra del homicida. La decisión fue impugnada ante la Corte Suprema de Justicia que determinó lo siguiente:
“La presencia de un estado de alicoramiento o de embriaguez no puede tenerse por supuesto categórico para afirmar que el sujeto que actúa bajo esta condición estaba afectado en su capacidad para comprender la ilicitud del comportamiento”, destacó el periódico citando el fallo de la Corte Suprema de Justicia.
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