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Aplazan cambio (obligatorio) que metieron para todas las motos en Colombia: arrancaba hoy
El Consejo de Estado acaba de anular la sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que ordenaba un plazo máximo de 10 días para refrendar este trámite. Es decir, la entidad debe estudiarlo con calma, aunque dentro de un plazo razonable.
Este fallo del Consejo de Estado les da la razón a los registradores, que argumentaron que la verificación al cumplimiento de los topes de la campaña ‘Unidos revoquemos a Peñalosa’ no debería tener un plazo definido para hacer esta auditoría, informó Caracol Radio.
Por eso, alegaban que era “erróneo asumir que (el Consejo Nacional Electoral) tiene diez días para la ejecución de dicha labor con base en una ley que no convoca a las partes en el proceso”, según cita la emisora.
El argumento que dio el Tribunal en diciembre de 2017, cuando emitió el fallo, era que el CNE debía acelerar el proceso “en virtud del mandato popular”.
Adicionalmente, el alto tribunal hizo un llamado de atención a los accionantes y al alcalde Enrique Peñalosa para que apoyen y “permitan llevar a cabo dicho proceso participativo con la mayor transparencia posible, haciendo claridad que los mismos pueden desplegar todo su arsenal legal para ejercer su derecho de defensa y contradicción”.
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