Gobierno de Colombia ordena revisión y posible retiro de cámaras de fotomultas sin respaldo técnico ni legal
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Visitar sitioLa supervisión comenzó tras detectarse más de 7,5 millones de comparendos sujetos a revisión.
El Gobierno nacional de Colombia ha iniciado una exhaustiva revisión de los sistemas de fotodetección, comúnmente conocidos como fotomultas, empleados para sancionar infracciones de tránsito en las vías y ciudades del país. De acuerdo con el Ministerio de Transporte, la medida busca identificar cuáles de estos dispositivos cuentan realmente con un respaldo técnico y legal, y cuáles han sido instalados principalmente como mecanismo para recaudar dinero, sin contribuir a la seguridad vial. Las cámaras que no justifiquen su presencia por razones técnicas y de prevención de accidentes, podrían ser retiradas, según afirmó la ministra de Transporte, Elsa Noguera, citada por El Diario.
Esta decisión responde a una instrucción directa del presidente Abelardo de la Espriella y será coordinada por diversas entidades, entre ellas la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y la Superintendencia de Transporte. El objetivo no es eliminar todas las cámaras, sino evaluar cada caso aplicando estrictos criterios: se revisarán los índices de accidentalidad de la zona, los límites de velocidad, la señalización, las características del corredor vial y la distancia entre dispositivos. Noguera destacó que, en las evaluaciones, la prioridad será la seguridad de los ciudadanos; si se detectan abusos o incumplimientos, las autoridades procederán con las intervenciones necesarias.
La polémica reciente en la Vía al Mar, carretera que conecta Barranquilla con Cartagena, aceleró esta revisión. Allí, el Instituto de Tránsito del Atlántico planeaba instalar tres nuevas cámaras, sumándose a las cuatro ya existentes, lo que provocó que el Ministerio de Transporte solicitara la suspensión de los nuevos dispositivos mientras se verificaba que cumplían con los requisitos técnicos y legales. Finalmente, se canceló la puesta en funcionamiento de esas cámaras.
Al mismo tiempo, la Superintendencia de Transporte investiga a 37 organismos de tránsito por presuntas irregularidades en la operación de estas tecnologías, con más de 7,5 millones de comparendos bajo la lupa. Existen casos en que los dispositivos operaron sin la aprobación técnica correspondiente o usaron documentos que no cumplían con la reglamentación. Si se confirman irregularidades, podrían revocarse hasta 5,8 millones de multas no pagadas y los organismos responsables tendrían que devolver los dineros recaudados indebidamente.
Bajo el marco de la Ley 2251 de 2022, la exigencia legal principal para cada cámara de fotodetección es contar con la validación técnica del Instituto Nacional de Metrología y autorización de la ANSV. Ahora, la normativa será aún más estricta: cada nuevo dispositivo requerirá estudios concretos que respalden su necesidad para aprobar su instalación. Aunque la revisión no elimina las restricciones vigentes, implica un cambio importante; el propósito de las cámaras deberá ser reducir accidentes y salvar vidas, más allá de perseguir recaudos.
Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
¿Por qué revisa el Gobierno las cámaras de fotomultas y qué implicaciones tiene?
El Gobierno revisa las cámaras de fotomultas para garantizar que solo permanezcan en funcionamiento aquellas que cuenten con respaldo técnico, legal y evidencia de que verdaderamente ayudan a reducir siniestros, según el Ministerio de Transporte citado por El Diario. Esta evaluación busca asegurar que el sistema de fotomultas no se utilice únicamente como fuente de recaudo, sino como herramienta de prevención vial. Las implicaciones incluyen posibles retiros de cámaras, revocatoria de multas impuestas irregularmente y exigencia de mayores requisitos para autorizar nuevas instalaciones.
¿Qué requisitos legales y técnicos debe cumplir una cámara de fotodetección en Colombia?
De acuerdo con la Ley 2251 de 2022 y el Ministerio de Transporte, toda cámara de fotodetección debe tener un concepto de desempeño tecnológico expedido por el Instituto Nacional de Metrología, así como autorización de la Agencia Nacional de Seguridad Vial. Además, debe demostrar con estudios y datos la necesidad real de su instalación en determinado punto para la prevención de accidentes, más allá de cumplir solo con fines de control sancionatorio.
* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
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