Se agota el plazo para que las pruebas contra ‘Santrich’ lleguen a la JEP

Nación
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Este lunes a las 5:00 de la tarde se cumplen los 40 días que dio la Jurisdicción Especial para la Paz para tomar decisiones en el caso del exjefe guerrillero.

Las pruebas que sustentan el pedido de extradición deben llegar desde la justicia estadounidense y deben contener detalles del expediente contra el acusado que tiene la Corte de Nueva York para especificar la fecha en la que ocurrieron los hechos.

Pero “es probable que este país no envíe las pruebas del expediente a la JEP”, según el embajador estadounidense, Kevin Whitaker, citado por El Tiempo. Por lo tanto, se desconoce cuántos de esos documentos ya llegaron a la Jurisdicción Especial.

El objetivo de obtener esas pruebas es que en los próximos 10 días hábiles la JEP determine si en sus salas se aprueba la extradición de ‘Santrich’, preso en La Picota, o si esa decisión le corresponde a la Corte Suprema de Justicia en caso de que el acusado haya cometido delitos después de la firma del Acuerdo de Paz.

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Es decir, si el excomandante del desaparecido Bloque Caribe de las Farc traficó droga desde Colombia hacia Norteamérica y varios países de Europa después del primero de diciembre de 2016, con complicidad de carteles mexicanos.

Sin embargo, si como lo dice Whitaker, esas pruebas no llegan a la JEP, los magistrados deberán tomar esa decisión basados solo en la información del indictment, que es la acusación de cargos de narcotráfico hecha desde Estados Unidos por las pruebas de la DEA, y las interceptaciones que ya había enviado la Fiscalía General de Colombia con las que sustentaron la captura del exjefe guerrillero.

Esas grabaciones se hicieron a las comunicaciones de Marlon Marín Marín, sobrino de Iván Márquez, que actualmente está colaborando con la justicia de Estados Unidos.

El pasado 15 de noviembre, cuando la JEP hizo oficial el pedido de esos documentos, recordó que mientras la Corte Suprema es el juez natural del trámite de extradición, la JEP evaluará el caso para aplicar o no la garantía de no extradición que hace parte de los desarrollos normativos producto del Acuerdo de Paz.

Cabe recordar que en el documento se estableció que “no se podrá conceder la extradición ni tomar medidas de aseguramiento con fines de extradición (…) ocurridos durante el conflicto armado interno o con ocasión de este hasta la finalización del mismo (1 de diciembre de 2016)”.

Entre tanto, si el caso queda para análisis de la Corte Suprema, y el alto tribunal aprueba la extradición, solo haría falta la firma del presidente Iván Duque. Por otro lado, existe otro escenario y es que la Corte considere que primero están las obligaciones del exguerrillero para contar la verdad del conflicto y responder a las víctimas, en cuyo caso deberá permanecer en el país hasta que esto ocurra.

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