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El Ministerio Público les dio un plazo de 5 días a las alcaldías de esas ciudades, luego de que varios usuarios se quejaran por comparendos que les impusieron.
En un comunicado, la Procuraduría señaló que los secretarios de movilidad de Bogotá, Medellín y Cali deben explicar si han incumplido el fallo de la Corte Constitucional (C-038 de 2020), en el que se determinó que los comparendos por fotomultas deben imponerse a los conductores del carro, y no al dueño del vehículo.
Y es que de acuerdo con el órgano de control, varias personas de esas capitales se han quejado porque han recibido comparendos por fotomultas, pese a que no iban conduciendo el carro infractor.
“Por eso, los secretarios tienen 5 días de plazo para presentar al Ministerio Público las medidas adoptadas para evitar la imposición de infracciones dudosas o inexistentes a los ciudadanos“, se lee en el comunicado, publicado a continuación:
El fallo de la Corte Constitucional, proferido en agosto del año pasado, indicó que los dueños de los carros no son responsables solidariamente por las fotomultas que interponen a sus conductores, por lo que exigió a las autoridades que en adelante comprueben quién conducía el vehículo para que sea esa persona la que pague la multa.
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