Procuraduría investigará a senadores Cepeda y Gallo por reinsertados de las Farc

Nación
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La Corte Suprema de Justicia resolvió un conflicto de competencia entre la Procuraduría y la Comisión de Ética del Congreso.

La lupa de la Procuraduría estará durante los próximos días sobre los senadores Julián Gallo e Iván Cepeda, quienes fueron denunciados por supuesto peculado por apropiación y concierto para delinquir porque, al parecer, los congresistas hicieron aparecer como reinsertados de las extintas Farc a jóvenes desempleados a quienes se les habría pagado un salario mínimo con recursos del programa de Reinserción para la Paz.

La queja que llegó al legislativo y a la vez fue presentada en la Procuraduría General no prosperó en el Congreso porque se consideró que las acciones denunciadas no vinculaban actos congresionales. Así las cosas, el conflicto de competencia fue resuelto por la Corte Suprema de Justicia y le dio la razón al senador Miguel Ángel Pinto, quien fue el que conoció el caso. En ese orden, la Comisión de Ética deberá remitir el expediente al Ministerio Público.

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La denuncia presentada en septiembre de 2020 por Andrea Lucía Rodríguez dice que los senadores Iván Cepeda y Julián Gallo, supuestamente, se apropiaron de recursos del Programa de Reinserción de la Paz “para pagar testigos electorales y hacerlos pasar como milicianos del frente Antonio Nariño acá en la capital de la República, cuando eran simples jóvenes desempleados de los sectores marginados o vulnerables de varias localidades de Bogotá”.

El documento dice que el 25 % del dinero se entregaba para el sostenimiento del partido Farc y otro 25 % era destinado para el senador Iván Cepeda. Esa situación, según la Corte es competencia para que la Procuraduría indague sobre los actos irregulares en los que pudieron incurrir los congresistas. La denuncia que ahora reposará en un despacho del Ministerio público también está sustentada penalmente.

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“Teniendo en cuenta que la competencia de la Comisión de Ética y Estatuto del Congresista del Senado no es absoluta, sino restringida a aquello que guarde relación con la función congresional, no es de recibo el argumento de la Procuradora Auxiliar para Asuntos Disciplinarios en cuanto afirma que el juez natural de los senadores es dicha comisión porque es la encargada de investigar y juzgar ética y disciplinariamente la responsabilidad de sus pares, pues la misma ley establece la competencia residual del mencionado ente de control”, dice el fallo de la Corte.

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