Abelardo de la Espriella inicia acercamiento con las altas cortes previo a la expedición de 90 decretos en su gobierno

Nación
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La llegada de De la Espriella marca un intento de distensión tras la crisis institucional de los últimos años.

El presidente electo, Abelardo de la Espriella, visitó el Palacio de Justicia el 25 de junio como parte de un movimiento de acercamiento institucional, después de años de tensión entre la rama judicial y el gobierno saliente de Gustavo Petro, según reportó la Corte Suprema de Justicia en sus redes sociales. De la Espriella fue recibido por funcionarios y trabajadores del edificio, y sostuvo reuniones informales con el magistrado Hugo Quintero, vicepresidente de la Corte Suprema de Justicia, así como con Paola Meneses y Alberto Montaña, presidentes de la Corte Constitucional y el Consejo de Estado, respectivamente.

Durante estos encuentros, De la Espriella expresó su intención de establecer las mejores relaciones con la rama judicial, apoyándose en el principio de colaboración armónica consagrado en la Constitución de 1991. Esto resulta clave, considerando que varios frentes de acción —como seguridad, economía, salud y educación— planean abordarse desde su administración por medio de la expedición de 90 decretos. Hasta el momento, no se conocen los detalles de estos decretos, pero se espera que sean una señal clara de la orientación que dará al país en su inicio de gobierno.

Un eje central de su propuesta es la intervención de las más de 330.000 hectáreas de coca, fuente de financiación principal para los grupos armados ilegales y causa de parte importante de la violencia en Colombia. De la Espriella ha propuesto una combinación de fumigación aérea, drones y erradicación manual, descartando el uso de glifosato y priorizando bioherbicidas, con el compromiso de respetar las restricciones legales y las sentencias de la Corte Constitucional.

Según Sergio Morales, profesor de la Facultad de Estudios Jurídicos, Políticos e Internacionales de la Universidad de La Sabana, estos movimientos evidencian el reconocimiento de que, para llevar a cabo muchas de las propuestas, el presidente electo debe coordinarse con el modelo institucional previsto en la Constitución. Morales explicó a El Colombiano que los decretos del presidente electo no serán revisados de manera automática por la Corte Constitucional, salvo aquellos relacionados con estados de excepción o emergencia. El control judicial puede ser demorado y, de hecho, la Corte Constitucional impuso varias restricciones y condiciones al reciente estado de emergencia decretado por el gobierno saliente para enfrentar la crisis climática.

Morales resaltó el papel destacado del Consejo Nacional de la Judicatura en la gestión de la infraestructura judicial y del Consejo Superior de la Judicatura (CSJ) en posibles reformas como la propuesta de megacárceles. Del mismo modo, enfatizó la relevancia institucional de la Corte Suprema de Justicia, encargada de los procesos contra altos funcionarios y responsable de unificar la jurisprudencia y proteger derechos fundamentales en el sistema penal ordinario.

Las primeras reuniones del presidente electo con las altas cortes sugieren un esfuerzo por asegurar que sus principales propuestas pasen por el filtro que dispone la Constitución de 1991, garantizando así que el gobierno avance respetando tanto la independencia judicial como el diseño institucional del país.

¿Cómo afecta la relación entre el presidente electo y las altas cortes a los decretos de su gobierno?

La relación directa entre el presidente electo y las altas cortes es esencial para el destino de los decretos que el gobierno planea expedir, ya que estas instituciones ejercen control constitucional y pueden limitar, modificar o frenar medidas si consideran que no cumplen con los estándares establecidos por la Constitución de 1991, según explicó el profesor Sergio Morales.

¿Qué significa 'colaboración armónica' entre ramas del poder público según la Constitución de 1991?

La colaboración armónica, mencionada en el artículo 113 de la Constitución de 1991, se refiere a la necesidad de cooperación entre las distintas ramas del poder público —Ejecutivo, Legislativo y Judicial— para lograr los fines del Estado. Sin embargo, esta colaboración no implica subordinación, ya que cada rama mantiene su independencia y sus funciones claramente delimitadas.

Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.


* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

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