¿Porte libre de armas? Gobierno revela cuáles ciudadanos sí podrán llevarlas en Colombia

Nación
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Escrito por:  Redacción Nación
Actualizado: 2026-09-09 08:55:24

El Gobierno aclara que levantar la suspensión del porte de armas no significa porte libre: solo aplicará a permisos vigentes y bajo estrictos requisitos.

El Gobierno Nacional aclaró que el decreto firmado por el presidente Abelardo de la Espriella, que levanta la suspensión general del porte de armas de fuego, no significa que exista un porte libre o indiscriminado en Colombia.

El vocero presidencial, Miller Soto, explicó que la medida restablece la eficacia de los permisos individuales ordinarios que estén vigentes y cumplan los requisitos establecidos por la Constitución y la ley.

Soto recordó que el monopolio de las armas continúa exclusivamente en manos del Estado, de acuerdo con el artículo 223 de la Constitución. Con el decreto también se elimina la exigencia de tramitar una autorización especial o salvoconducto extraordinario para quienes ya cuentan con un permiso ordinario vigente.

La norma no permite portar armas a personas con permisos vencidos, cancelados o suspendidos, ni autoriza el uso de armas decomisadas, sometidas a medidas cautelares o relacionadas con procesos penales.

Tampoco convierte los permisos de tenencia, que permiten conservar un arma dentro de un inmueble, en autorizaciones para llevarla en espacios públicos.

Las autoridades militares mantienen la facultad de expedir, renovar, suspender o revocar permisos, mientras la Policía conserva sus funciones de inspección, vigilancia e incautación.

El Gobierno señaló además que entre enero y el 3 de septiembre de 2026 fueron incautadas 15.700 armas, 14.179 vinculadas con delitos.

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