Pico y placa en Bucaramanga para el 5 de enero: ¿cuáles carros deben quedarse en casa?
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Visitar sitioLa restricción es para motos y vehículos particulares en toda la ciudad; acá le contamos cómo rige dicha medida y cómo puede evitar multas de tránsito.
El pico y placa en Bucaramanga opera este jueves 5 de enero conforme a lo estipulado por la Alcaldía de Bucaramanga en el decreto 521 de 2022. Así las cosas, no todos los vehículos particulares y motos podrán salir a las calles durante gran parte del día, dependiente del número con el que termina su placa.
(Vea también: Pico y placa en Bogotá para el 5 de enero: ¿cuáles son las excepciones?)
Pico y placa en Bucaramanga hoy 5 de enero
Entre los carros particulares que no podrán circular en las vías de la ciudad este jueves porque tienen pico y placa se encuentran aquellos que tienen las placas terminadas en (7 y 8).
En la tabla que aparece a continuación les mostramos al detalle cómo funciona el pico y placa para los carros particulares:
| Carros con pico y placa hoy (no salen) | placa terminada en (7, 8) |
| Carros que sí pueden salir hoy | placa terminada en (0, 1, 2, 3, 4, 7, 8, 9) |
Pico y placa esta semana en Bucaramanga para carros particulares
En la siguiente tabla podrá ver cómo funciona la restricción a la movilidad en esta semana del 2 de enero al 6 de enero.
| Lunes 2 de enero 1-2 |
| Martes 3 de enero 3-4 |
| Miércoles 4 de enero 5-6 |
| Jueves 5 de enero 7-8 |
| Viernes 6 de enero 9-0 |
Pico y placa esta semana en Bucaramanga para motos
| Lunes 2 de enero 1-2 |
| Martes 3 de enero 3-4 |
| Miércoles 4 de enero 5-6 |
| Jueves 5 de enero 7-8 |
| Viernes 6 de enero 9-0 |
Los infractores a lo dispuesto serán sancionados según lo consagrado por el artículo 131 literal C numeral 14 de la Ley 769 de 2002 modificado por el artículo 21 de la Ley 1383 de 2010:
C. Será sancionado con multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV) el conductor y/o propietario de un vehículo automotor que incurra en cualquiera de las siguientes infracciones:
C.14. Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente. Además, el vehículo será inmovilizado.
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