No se haga un autogol por no saber el pico y placa en Bucaramanga el 26 de noviembre

Nación
Tiempo de lectura: 2 min

Tú navegador no es compatible para reproducir este audio

Por: 

Toda la información de la movilidad de tu ciudad y tu región, la encuentras en Pico y Placa Colombia

Visitar sitio

La restricción es para motos y vehículos particulares en toda la ciudad; acá le contamos cómo rige dicha medida y cómo puede evitar multas de tránsito.

El pico y placa en Bucaramanga opera este jueves 26 de enero conforme a lo estipulado por la Alcaldía de Bucaramanga en el decreto 521 de 2022. Así las cosas, no todos los vehículos particulares y motos podrán salir a las calles durante gran parte del día, dependiente del número con el que termina su placa.

(Le puede interesar: Que no lo cojan despistado con el pico y placa en Cali para este jueves 26 de enero)

Pico y placa en Bucaramanga hoy 26 de enero

Entre los carros particulares que no podrán circular en las vías de la ciudad este jueves porque tienen pico y placa se encuentran aquellos que tienen las placas terminadas en (7 y 8).En la tabla que aparece a continuación les mostramos al detalle cómo funciona el pico y placa para los carros particulares:

Carros con pico y placa hoy (no salen)placa terminada en (7, 8).

Carros que sí pueden salir hoy placa terminada en (0, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9).

Pico y placa esta semana en Bucaramanga para carros particulares

En la siguiente tabla podrá ver cómo funciona la restricción a la movilidad en esta semana del 23 de enero al 27 de enero.

Lunes 23 de enero 1-2
Martes 24 de enero 3-4
Miércoles 25 de enero 5-6
Jueves 26 de enero 7-8
Viernes 27 de enero 9-0

(Lea también: Cartagena cuenta con pico y placa este 26 de enero: ¿qué carros sí pueden salir?)

Pico y placa esta semana en Bucaramanga para motos

Lunes 23 de enero 1-2
Martes 24 de enero 3-4
Miércoles 25 de enero 5-6
Jueves 26 de enero 7-8
Viernes 27 de enero 9-0

Los infractores a lo dispuesto serán sancionados según lo consagrado por el artículo 131 literal C numeral 14 de la Ley 769 de 2002 modificado por el artículo 21 de la Ley 1383 de 2010:

C. Será sancionado con multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV) el conductor y/o propietario de un vehículo automotor que incurra en cualquiera de las siguientes infracciones.

Temas Relacionados:

Te puede interesar

Finanzas sin papel

Cómo recibir el nuevo subsidio para comprar vivienda en Bogotá: miles podrán aplicar

Tecnología

Google lanza Gemini, su herramienta de inteligencia artificial; está disponible en Android

Bogotá

"Ahorrar lo que se pueda": Max Henríquez hizo alarmante pronóstico sobre lluvias en Bogotá

Contenido Patrocinado

Alternativa en Colombia para comprar celulares de alta calidad a precios más bajos

Carros

Renault y Chevrolet tienen los pelos de punta por lo que pasa con sus carros en Colombia

Nación

Se registra cacerolazo en Bogotá y otras ciudades contra el Gobierno de Petro; hay videos

Bogotá

Buses de Transmilenio podrían tener importante cambio por llegada de marca china al negocio

Deportes

Jugador de América filtró la crisis que había con César Farías; los tenía "reventados"

Sigue leyendo