Evítese una dura sanción, vea el pico y placa en Bucaramanga este 21 de octubre

Nación
Tiempo de lectura: 2 min

Tú navegador no es compatible para reproducir este audio

por: 

Toda la información de la movilidad de tu ciudad y tu región, la encuentras en Pico y Placa Colombia

Visitar sitio

Tenga en cuenta las restricciones de movilidad que hay este viernes en la capital de Santander y conozca las sanciones a las que se expone.

Taxis, vehículos particulares, motos y transporte publico colectivo tendrán restricciones de movilidad en Bucaramanga para este viernes 21 de octubre. Le contamos cuáles son los que no podrán circular porque así lo han indicado las autoridades locales.

(Vea también: Planee su viaje con los horarios del pico y placa en Cartagena este 21 de octubre)

Pico y placa en Bucaramanga hoy viernes 21 de octubre

El pico y placa para el viernes 21 de octubre contará con la restricción para carros, camionetas, camperos, motocarros y cuatrimotos que sus placas terminen en 7 y 8.

En el caso de motos, mototriciclos, tricimotos y ciclomotores de dos y cuatro tiempos, el pico y placa aplicará para los vehículos que sus placas terminen con 7 y 8.

para el transporte publico colectivo placas que terminen en 7 y 8 La medida rige de 6:00 a. m. a 8:00 p. m.

Y para los taxis 7 y 8.

Pico y placa para carros particulares esta semana en Bucaramanga: del 18 al 21 de octubre

Martes 18 de octubre 1-2
Miércoles 19 de octubre 3-4
Jueves 20 de octubre 5-6
Viernes 21 de octubre 7-8

Pico y placa para motos esta semana en Bucaramanga: del 18 de octubre al 21 de octubre

Martes 18 de octubre 1-2
Miércoles 19 de octubre 3-4
Jueves 20 de octubre 5-6
Viernes 21 de octubre 7-8

Pico y placa para taxis esta semana en Bucaramanga: del 18 de octubre al 21 de octubre

Martes 18 de octubre 1-2
Miércoles 19 de octubre 3-4
Jueves 20 de octubre 5-6
Viernes 21 de octubre 7-8

Pico y placa para transporte publico colectivo esta semana en Bucaramanga: del 18 de octubre al 21 de octubre

Martes 18 de octubre 1-2
Miércoles 19 de octubre 3-4
Jueves 20 de octubre 5-6
Viernes 21 de octubre 7-8

Los infractores a lo dispuesto serán sancionados según lo consagrado por el artículo 131 literal C numeral 14 de la Ley 769 de 2002 modificado por el artículo 21 de la Ley 1383 de 2010:

Será sancionado con multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV) el conductor y/o propietario de un vehículo automotor que incurra en cualquiera de las siguientes infracciones: C.14. Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente. Además, el vehículo será inmovilizado.

Temas Relacionados:

Te puede interesar

Bogotá

Aparece foto de lo que estaría haciendo conductor que mató a 2 motociclistas en Bogotá

Bogotá

Pareja que iba en carro del mortal accidente en Bogotá anunció medidas por videos que les hicieron

Mundo

Abatieron al sicario que asesinó a tiros a alcalde en plena celebración; sería menor de edad

Bogotá

Amiga de Jaime Moreno contó situación que se vivió dentro del bar, antes de la brutal agresión

Bogotá

Justicia por mano propia y un taxi: excusas que usaría agresor que dio golpiza a Jaime Moreno

Nación

Santos “tiró facto” sobre visa para EE. UU y dejó indirecta a Petro sobre “casar menos peleas”

Bogotá

Graves irregularidades en accidente que dejó a 2 motociclistas muertos en Bogotá; abogado habló

Sigue leyendo