Día sin carro y sin moto en Ibagué: vehículos que sí pueden circular sin restricciones
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Visitar sitioLa fecha está fijada para el próximo 21 de septiembre y este evento tiene como propósito reducir huella de carbono y contribuir con el medio ambiente.
La segunda jornada del año del día sin carro y sin moto, estipulada en el Acuerdo 009 de 2018, se desarrollará de 6 de la mañana a 8 de la noche este 21 de septiembre, y tendrá una sanción económica de $ 496 mil para aquellos conductores que infrinjan la norma y no estén dentro de las excepciones.
Respecto a las actividades que se llevarán a cabo ese día, la secretaria de Movilidad, Lucía Liévano, manifestó, “vamos a tener jornadas pedagógicas de control de emisión de gases por parte de Cortolima en cuatro puntos de la ciudad. También estarán presentes los Centros de Diagnóstico Automotor, al igual que nuestros Agentes de Tránsito que estarán ubicados en distintas zonas haciendo cumplir el Decreto expedido por la Alcaldía”.
(Vea acá: Moto se incendió después de chocar contra una buseta; no hubo heridos de gravedad)
Automotores que podrán movilizarse en cumplimiento de sus funciones
- Organismos de seguridad y vigilancia.
- Periodistas debidamente identificados.
- Servicio oficial, diplomático, consular, secretarios de despacho y gerentes de institutos descentralizados a nivel municipal y departamental.
- Operativos de servicios públicos domiciliarios.
- Transporte de valores y vehículos de seguridad. Atención médica y de emergencia como bomberos, defensa civil.
- Carrozas fúnebres y su respectivo cortejo fúnebre.
- Los vehículos en los que se desplacen autoridades judiciales deberán acreditarlo en la orden de trabajo expedida por la autoridad competente.
- Transporte de carga conforme la licencia de tránsito, destinados a la distribución de bienes y alimentos.
- Vehículos procedentes de otras regiones y que se encuentren de tránsito por la ciudad, situación que se acreditará con el respectivo recibo de pago del peaje fechado el mismo día de la jornada y solo por el tiempo necesario para llegar a su punto de destino.
- Vehículos que desplacen personas con movilidad reducida.
- Vehículos destinados al control de tráfico, grúas y carros de asistencia técnica debidamente identificados.
- Vehículos de servicio de transporte especial de pasajeros.
- Vehículos de las escuelas de enseñanza automovilística.
- Motocicletas del personal operativo de las empresas de transporte terrestre automotor.
- Público colectivo municipal de pasajeros, debidamente identificados, uniformados y desplazarse solo el conductor.
- Vehículos particulares o motocicletas que se desplacen por las variantes.
- Vehículos híbridos, eléctricos y dedicados a GNV (Gas Natural Vehicular) que figuren como tal en la licencia de tránsito, esta medida no cobija a los vehículos que utilizan combustible dual gasolina-gnv y/o diésel-gnv.
Dato
Más de 150 mil vehículos dejarán de transitar en el Día sin carro y sin moto, en Ibagué, Tolima.
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