Economía
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En ese sentido, según la Corte Constitucional, no es necesario que el padre cotice salud durante todo el periodo de gestación de su pareja.
Al respecto, en una sentencia, el alto tribunal pone dos condiciones:
La Corte Constitucional se pronunció de esta manera al resolver la tutela que interpuso Wilmar Yeison Herrera Jiménez, un hombre al que la EPS Salud Total le negó el pago de la licencia de paternidad, con el argumento de que a él le faltaron 30 días para completar el tiempo de cotización necesario para acceder a ese beneficio.
Salud Total, además, dijo que para este caso no aplicaba la acción de tutela, y aseguró que como las pretensiones de Herrera Jiménez tenían “un componente económico”, no había “vulneración al derecho fundamental al mínimo vital”.
Sin embargo, la Corte Constitucional desestimó esos argumentos y al final le dio la razón al hombre afectado:
El requisito de haber cotizado durante todo el período de gestación no es un argumento suficiente para negar el pago de la licencia de paternidad, puesto que con dicha negativa se vulnera el derecho al mínimo vital del padre y del recién nacido”.
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