Crisis silenciosa en las EPS: los riesgos ocultos del nuevo decreto para pacientes crónicos en Colombia

Nación
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El nuevo Decreto 0182: claves, retos y riesgos para pacientes crónicos tras el reacomodo de millones de afiliados EPS.

El Decreto 0182 de 2026 establece un nuevo marco normativo para el funcionamiento de las Entidades Promotoras de Salud (EPS) en Colombia, con un énfasis particular en la protección de los pacientes crónicos y de alto costo. Esta regulación surge en un contexto de gran incertidumbre por el reacomodo masivo de afiliados a causa de las nuevas reglas para la operación territorial de las EPS. Según la disposición, sin importar el traslado forzoso de usuarios entre aseguradoras, los tratamientos continuos no deben ser interrumpidos: las fórmulas médicas existentes deben respetarse y los procedimientos ya agendados no pueden ser cancelados. Precisamente, el decreto exige que las EPS que reciben usuarios se hagan responsables de asumir la historia clínica, mantener las citas programadas y coordinar con las Instituciones Prestadoras de Salud (IPS) para evitar que los tratamientos sufran retrasos o interrupciones.

Sin embargo, la realidad de varios departamentos, en especial el Cesar, presenta retos considerables. Como advierte la Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral (Acemi), trasladar a más de seis millones de personas a otras EPS, de las cuales 2,6 millones serán asignadas a la ya tensionada Nueva EPS, puede provocar importantes cuellos de botella. Ya en 2025, la región experimentó graves suspensiones de servicios por cuentas sin pagar, afectando a miles de pacientes. Clínicas reconocidas en Valledupar, como la Clínica Médicos y la Alta Complejidad, suspendieron servicios por falta de pagos, lo que puso en riesgo la continuidad de la atención y llevó a la Procuraduría General de la Nación a solicitar garantías para los pacientes más vulnerables.

La propia Nueva EPS, receptora del mayor volumen de nuevos afiliados, ha enfrentado cuestionamientos por su situación financiera y por la acumulación de deudas con prestadores locales. Este antecedente traslada dudas sobre la sostenibilidad del nuevo esquema. Si bien la estrategia oficial incluye ajustes transitorios en los requisitos de patrimonio para las aseguradoras que reciben gran cantidad de usuarios, no está claro que estos alivios sean suficientes para evitar nuevas crisis.

En medio de este panorama, los pacientes crónicos y de alto costo no pueden limitarse a esperar la eficacia del decreto. Deben estar atentos a las notificaciones oficiales sobre el destino de su EPS, actualizar sus datos, exigir copia de sus historias clínicas y confirmar la continuidad de citas, órdenes y medicamentos directamente con las IPS. Además, si se enfrentan a interrupciones en la atención, existe una ruta de defensa institucional: primero acudir a las oficinas de la EPS e IPS, luego a la Superintendencia Nacional de Salud, y en caso de necesitarlo, recurrir a la Personería para presentar acciones de tutela que protejan sus derechos en salud.

¿Qué rol juega la historia clínica en la garantía de continuidad de los tratamientos durante los cambios de EPS?

El mantenimiento y la transferencia oportuna de la historia clínica resulta fundamental en el contexto de las reasignaciones de EPS ordenadas por el Decreto 0182 de 2026. La historia clínica concentra la información sobre diagnósticos, procedimientos realizados, medicamentos prescritos y recomendaciones médicas, lo que permite a la nueva aseguradora conocer detalladamente el tratamiento del paciente. Si la historia clínica se pierde, es incompleta o no se entrega a tiempo, existe el riesgo de que el nuevo prestador desconozca necesidades críticas, con consecuencias negativas para la continuidad de la atención.

Por ello, el decreto exige explícitamente que la EPS receptora asuma la historia clínica y garantice la continuidad de los tratamientos establecidos. En regiones como Cesar, donde experiencias previas muestran fragilidad en la red de atención, esta transferencia adquiere especial relevancia. Corresponde tanto a las antiguas como a las nuevas EPS y las IPS coordinar el traspaso eficiente de la información de cada paciente, pues de ello depende que no haya interrupciones en el suministro de medicamentos, la programación de terapias o la realización de exámenes esenciales.


* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

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