Bogotá
Pico y placa en Bogotá tomó a muchos desprevenidos este 24 de diciembre; hay lío con el solidario
La decisión la tomó la Corte Constitucional y hace referencia a empleados y servidores públicos, ya que este tema estaba pendiente en la agenda de discusión.
Si bien hubo trabas y polémicas a la hora de abordar este tema, Noticias Caracol informó que en el fallo de la Corte se establece que “asistir al trabajo en tres o más ocasiones en estado de embriaguez o bajo el efecto de estupefacientes” es una falta disciplinaria.
Por eso, dice el noticiero, el alto tribunal explicó que es necesario aplicar estas medidas para ejercer un mayor control sobre los funcionarios, específicamente mientras están en el cumplimiento de sus labores.
Las sanciones para quienes violen esta norma quedarán estipuladas en el nuevo código disciplinario, que empezará a regir a partir de 2021.
Este fallo de la Corte es solo para servidores y no tiene relación alguna con el que emitió en 2017, en donde dejaba claro que empleadores no pueden despedir a sus trabajadores por el hecho de que lleguen al trabajo embriagados o bajo el efecto de alguna droga.
“El argumento es que, siempre y cuando no afecte su desempeño laboral, un trabajador podrá llegar a su puesto” de trabajo en ese estado, se lee en la sentencia de la Corte C-636, de 2016.
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