Duro golpe para Carolina Corcho: Consejo de Estado estudia demanda que busca sacarla del Senado
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La acción judicial cuestiona que el Pacto Histórico la inscribiera como cabeza de lista sin participar en la consulta para escoger candidatos al Senado.
El Consejo de Estado admitió una demanda que busca anular la elección de Carolina Corcho como senadora de la República para el periodo 2026-2030. El recurso cuestiona la manera en que el Pacto Histórico la inscribió como cabeza de su lista al Senado para las elecciones legislativas del 8 de marzo de 2026.
(Vea también: Golpe para Iván Cepeda y Carolina Corcho por medida de Fiscalía: investigación los pone bajo lupa)
La acción judicial fue presentada el 27 de agosto por Freddy Fernando Flórez Afanador, quien sostiene que la coalición desconoció las reglas y los resultados de la consulta interpartidista del 26 de octubre de 2025, en la que se escogieron candidatos al Congreso.
El argumento central es que Corcho no participó en esa consulta para conformar la lista al Senado, pero posteriormente fue inscrita en el primer renglón de la lista del Pacto Histórico.
Es importante hacer una precisión: la exministra sí participó en la consulta presidencial realizada ese mismo día, en la que quedó en segundo lugar detrás de Iván Cepeda. Su designación como cabeza de lista al Senado respondió a un acuerdo político dentro de la coalición.
Para el demandante, la lista debía respetar los resultados del mecanismo de participación y estar integrada de acuerdo con las reglas establecidas para esa consulta. Por eso, considera que los acuerdos políticos posteriores no podían apartarse de lo decidido en las urnas.
¿Qué decidió el Consejo de Estado sobre la demanda?
Además de solicitar que se anule la elección de Corcho, Flórez Afanador pidió la suspensión provisional de los efectos del acto que declaró su elección, contenido en el formulario E-26 SEN del 13 de julio de 2026.
Sin embargo, la Sección Quinta del Consejo de Estado negó esa medida cautelar. Según la información conocida sobre la decisión, el alto tribunal consideró que los elementos presentados no acreditaban, en esa etapa inicial, los presuntos vicios alegados.
La negativa a suspender provisionalmente la elección no equivale a una decisión definitiva sobre la legalidad de la elección. El proceso continuará y el tribunal deberá estudiar los argumentos y las pruebas antes de resolver si hay motivos jurídicos para anularla.
La demanda sostiene que la inscripción de Corcho desconoció el artículo 107 de la Constitución Política y disposiciones de la Ley 1475 de 2011, relacionadas con las reglas de los partidos políticos, las consultas y la selección de candidatos. Será la autoridad judicial la que determine si esas normas fueron vulneradas en este caso.
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