Con cuántas multas suspenden la licencia de conducción; estaría un largo rato sin manejar

Nación
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Escrito por:  Diego Quiroga Ussa
Actualizado: 2024-08-20 15:29:07

En el país al día se ponen cientos de sanciones por infracciones que cometen los conductores, pero después de un punto ya no se trata solo de pagar.

En Colombia, para conducir un vehículo necesita tener su licencia de conducción activa, la cual se la entregan después de completar un curso teórico y otro práctico en el que le explican todo lo que debe saber cuando salga a las vías del país.

(Ver también: Estas son las personas que deben renovar la licencia de conducción cada año en Colombia)

Sin embargo, muchas personas comienzan a manejar y cometen varias infracciones, como que se parquean donde no deben, exceden los límites de velocidad, se cruzan un semáforo en rojo y mucho más. 

En principio, la creencia es que se paga la infracción y listo, pueden seguir como si nada, pero lo cierto es que si cae en la reincidencia puede tener consecuencias importantes, como perder su licencia de conducción. 

Con cuántas multas y en cuánto tiempo le pueden quitar la licencia de conducción

Según está estipulado en el Código Nacional de Tránsito, cuando una persona comete dos infracciones en un periodo de seis meses le pueden quitar la licencia de conducción por un tiempo de 180 días y para volver a usarla le toca hacer de nuevo todo el proceso en el Simit.

Ahora, si por alguna razón cuando cometió dos faltas no le quitaron el pase, pero comete una tercera, ahí le podrán suspender el documento hasta por un año, por lo que estará mucho tiempo sin conducir.

Ahora, si se las quiere dar de listo y manejar con el documento obsoleto, tenga en cuenta que si lo detienen debe pagar una multa de 30 salarios mínimos legales diarios vigentes, que para 2024 corresponden a 1’300.000 pesos.

(Ver también: Alertan a conductores por documento que vale entre $ 167.000 y $ 209.000: es obligatorio)

Por qué otros motivos le pueden cancelar la licencia de conducción

El Código Nacional de Tránsito agregó que también le pueden cancelar la licencia en los siguientes casos:

  • Conducir bajo el efecto de bebidas alcohólicas o de alucinógenos. En el caso de conducir en estado de embriaguez, la suspensión, o cancelación, depende del grado de beodez y la reincidencia en la conducta punible.
  • Por una determinación judicial o una decisión de las autoridades sustentada en la imposibilidad transitoria, física o mental para conducir, sustentada con un certificado médico.
  • Prestar el servicio público de transporte con vehículos particulares, salvo cuando el orden público lo justifique, previa decisión en tal sentido de la autoridad respectiva.

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